Test del tema 7: armas de colección, réplicas y munición

Practica las preguntas oficiales del tema y repasa la teoría debajo del test.

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Armas de colección.- Armas de colección, uso y custodia de las mismas.

Pregunta Nº1

¿En la Categoría 6ª.2 del artículo 3, del Reglamento de Armas, se encuentran las armas de fuego cuyo modelo o año de fabricación sean anteriores al 1 de enero de 1899, y las reproducciones de las mismas, a menos que puedan disparar municiones destinadas a armas de guerra o a armas prohibidas?

a)Cierto.
b)Falso.
c)Es indiferente.

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Teoría del tema 7: armas de colección, réplicas y munición

Seis claves del tema 7: Defensa fija la antigüedad y aprueba las reproducciones; sin uso, inscritas en el Libro-Registro; para usarlas, certificado de banco oficial de pruebas y autorización especial; reproducción corta completa en clase III y larga completa o su cierre en clase I; 100 cartuchos al año por reproducción corta y 200 en depósito para las largas, según el cuestionario; munición de pólvora negra y del calibre original

El tema 7 del cuestionario oficial de la Guardia Civil para las licencias D y E sigue el programa «Armas de colección. Definiciones del Art. 2 del Reglamento de Armas y Art. 107. Historia de las armas de fuego, calibres, munición y pólvora». Tiene 22 preguntas en tres epígrafes: las armas de colección (preguntas 1 a 7), las definiciones (8 y 9) y la historia de las armas de fuego, los calibres, la munición y la pólvora (10 a 22).

Si prefieres leer antes de practicar, tienes las 22 preguntas del tema 7 con la respuesta que publica la Guardia Civil. Ver todas las preguntas del tema con su respuesta.

Arma antigua y categoría 6.ª

  • Arma antigua (art. 2.2): la de fuego cuyo modelo o cuyo año de fabricación es anterior al 1 de enero de 1890 (pregunta 3). Las otras dos opciones definen el arma artística, que se distingue por su ornamentación (art. 2.4), y la Flobert, que usa munición de calibre Flobert (art. 2.17).
  • Categoría 6.ª.2 (art. 3): esas armas y sus reproducciones, salvo que puedan disparar municiones destinadas a armas de guerra o a armas prohibidas. El enunciado de la pregunta 1 es falso porque dice 1899.
  • Quién fija la antigüedad (art. 3): el Ministerio de Defensa, que aprueba también los prototipos o copias de los originales y lo comunica a la Guardia Civil. Por eso es falsa la pregunta 5, que se lo atribuye a la Dirección General de la Guardia Civil. La Orden INT/2202/2014 deja también a Defensa la aprobación de las reproducciones (art. 2.2).

Las demás subcategorías de la 6.ª se explican en clasificación de las armas.

Colección sin uso: el Libro-Registro

  • Cómo se documenta (pregunta 4): la reproducción que solo se quiere tener como coleccionista se inscribe en el Libro-Registro de coleccionista. Los coleccionistas poseen legalmente las armas antiguas, históricas o artísticas y sus reproducciones si las tienen inscritas en un Libro-Registro diligenciado por la Intervención de Armas (art. 107 b).
  • Uso prohibido (art. 107 b): las armas inscritas en ese Libro-Registro no se pueden usar. Las reproducciones, que siempre se inscriben, solo se usan como excepción, con autorización especial (Orden INT/2202/2014, art. 7).
  • Guía especial (art. 107 b): la expide la Intervención para su circulación y transporte, con el destino concreto. No documenta la tenencia.
  • Coleccionista (art. 2.23): la persona física o jurídica que reúne y conserva armas, componentes esenciales o municiones con fines históricos, culturales, científicos, técnicos, educativos o de conservación del patrimonio, autorizada como tal. Puede coleccionar solo componentes esenciales (pregunta 21). Para tener reproducciones, la Orden INT/2202/2014 pide esa condición, que reconoce la Dirección General de la Guardia Civil (art. 3).

Qué documento ampara cada arma se explica en documentos para la tenencia y uso de armas.

Uso de las armas de colección

  • Certificado y autorización especial (art. 107 c): para usar las armas de avancarga, largas y cortas, y las demás de la categoría 6.ª.2 hacen falta un certificado de banco oficial de pruebas para cada arma y una autorización especial (pregunta 2), no una licencia.
  • Dónde: según el art. 107 c), estas armas, «salvo en los casos de festejos tradicionales -en los que, previa autorización del Gobernador civil, se podrán utilizar en lugares públicos únicamente con pólvora-, se utilizarán exclusivamente en campos, galerías o polígonos de tiro de concurso y terrenos cinegéticos, controlados, para prácticas y competiciones».
  • Reproducciones (Orden INT/2202/2014, art. 7): su uso está prohibido; excepcionalmente, se pueden utilizar en campos, galerías o polígonos de tiro controlados para prácticas, con autorización especial. Es la respuesta de la pregunta 7: ni solo en polígonos de tiro de concurso ni «en todo caso».

Dónde se pueden usar las demás armas se explica en medidas de seguridad con armas.

Custodia en casa

  • Regla general (art. 107 e): estas armas se guardan en un lugar seguro bajo llave en el domicilio del titular. Las que se exponen necesitan un sistema de anclaje o una vitrina con cerradura y cristal, autorizados por la Dirección General de la Guardia Civil.
  • Reproducciones, en caja fuerte (art. 107 e): además, las de armas largas, o sus componentes esenciales, y las de armas cortas, completas, se guardan en cajas fuertes autorizadas.
  • Grado de seguridad: para las reproducciones guiadas con autorización especial de uso, una resolución de la Dirección General de la Guardia Civil fija el mínimo (apartado primero). La de arma corta, completa, en cajas fuertes, armarios o armeros de clase III como mínimo de la norma UNE EN 1143-1 (pregunta 6); la de arma larga, «completas, o sus cierres o piezas fundamentales», de clase I.
  • Expuestas (misma resolución, apartado segundo): las reproducciones inscritas en el Libro-Registro que se exponen dentro de casa necesitan un sistema de anclaje adecuado o una vitrina con cerradura y cristal de categoría P1A de la norma UNE 356.

Cómo se guardan en casa las armas de las licencias D y E se explica en medidas de seguridad con armas.

Réplica y reproducción

  • Reproducción (art. 2.35): arma que es copia de otra original, reuniendo todas sus características, aptitudes y posibilidades de uso (pregunta 8). Funciona como el original.
  • Imitación o réplica (art. 2.27): objeto que por su apariencia física o características externas puede inducir a confusión sobre su auténtica naturaleza, aunque no pueda transformarse en un arma (pregunta 9). La define su aspecto.
  • Cuidado con la palabra: el art. 3 («reproducciones y réplicas») y la Orden INT/2202/2014 («reproducciones o réplicas») llaman también réplicas a copias que funcionan. En las definiciones, la réplica es la del art. 2.27.

Qué imitaciones no se pueden tener se explica en armas prohibidas.

Munición de las reproducciones

  • Pólvora negra (Orden INT/2202/2014, art. 11): solo el tipo de munición de las armas originales, con pólvora negra y de su calibre (pregunta 10). Coincidir en el calibre no basta, y la pólvora sin humo no vale.
  • Cupos, según el cuestionario: se pueden adquirir 100 cartuchos al año por reproducción de arma corta (pregunta 11) y nunca tener más de 200 en depósito para las de armas largas (pregunta 12). Las cifras coinciden con las del art. 136 del Reglamento de artículos pirotécnicos y cartuchería para los titulares de licencia de arma corta (100 al año por arma) y de armas largas rayadas (200 en depósito).

Los cupos de cada licencia se explican en partes de un cartucho de caza.

Definiciones del artículo 2

  • Munición (art. 2.29): el cartucho completo o sus componentes, incluidas las vainas, los cebos, la carga propulsora y las balas o proyectiles. El cartucho con su vaina es munición (pregunta 18), sin límite de calibre.
  • Bala explosiva (art. 2.31): munición de uso militar con balas que contienen una carga que explota por impacto (pregunta 17). El art. 5.1 l) la prohíbe, salvo por funcionarios especialmente habilitados.
  • Arma de un solo tiro (art. 2.16): no tiene depósito de municiones y se recarga a mano antes de cada disparo. Nunca lleva cargador (pregunta 20): con él tendría un depósito.
  • Arma inutilizada (art. 2.19): todos sus componentes esenciales son permanentemente inservibles y no se pueden retirar, sustituir ni modificar para reactivarla (pregunta 19). Lo comprueba después un banco oficial de pruebas u otra entidad verificadora (art. 108.3).
  • Desmilitarización (art. 2.25): actividad fabril cuyo objetivo es transformar en civil o desbaratar un arma de guerra (pregunta 22).

Los tipos de arma y sus componentes esenciales se explican en funcionamiento de las armas de fuego.

Historia de las armas de fuego

Estas tres se responden con lo que dice el cuestionario:

  • Percusión central (pregunta 13): «1868 en adelante». El fulminante está en el centro del culote, donde golpea el percutor.
  • Revólveres (pregunta 14): el primer ejército dotado con ellos fue el norteamericano.
  • Lefaucheux (pregunta 15): el revólver de ese sistema, escrito «Lafaucheaux» en la opción, fue la primera arma de repetición con cartucho metálico declarada reglamentaria en el Ejército español.

Sus enunciados y opciones están en las preguntas y respuestas del tema 7.

Armas retiradas por infracción de la Ley de Caza

  • Un mes (art. 167.2): si la autoridad competente acuerda devolverlas, quedan a disposición de sus titulares un mes desde la notificación de la resolución.
  • Después: la Dirección General de la Guardia Civil puede destruirlas, salvo las que tengan un valor acreditado como patrimonio histórico, que se subastan o se enajenan a museos. Por eso la respuesta de la pregunta 16 es «Ambas son correctas», aunque el «serán destruidas» de su opción B simplifica el «podrá» del artículo.

Los demás depósitos y sus plazos se explican en reparación, prueba y depósito de armas.

Cifras del tema 7

Cifras del tema 7 y de dónde salen
CifraQué hay que recordar
1 de enero de 1890Fecha del arma antigua y de la categoría 6.ª.2 (arts. 2.2 y 3)
Ministerio de DefensaFija la antigüedad y aprueba las reproducciones (art. 3 y Orden INT/2202/2014, art. 2.2)
1 certificado por armaDe banco oficial de pruebas, con autorización especial, para usarlas (art. 107 c)
Clase IIIReproducción de arma corta, completa (resolución de custodia)
Clase IReproducción de arma larga, completa o su cierre (resolución de custodia)
100 cartuchosDe compra al año por reproducción de arma corta, según el cuestionario
200 cartuchosEn depósito para las de armas largas, según el cuestionario
1 mesDesde la notificación, para recuperar el arma retirada por infracción de la Ley de Caza (art. 167.2)
1868Percusión central, «en adelante», según el cuestionario

Errores frecuentes del tema 7

Todas las respuestas oficiales están en las preguntas y respuestas del tema 7.

  • 1899 para la 6.ª.2. Es el 1 de enero de 1890 (pregunta 1).
  • La Guardia Civil fija la antigüedad. La fija Defensa (pregunta 5).
  • Cualquier vitrina vale. Para exponer una reproducción hacen falta un anclaje o una vitrina con cerradura y cristal P1A (resolución de custodia).
  • La reproducción corta, por piezas. Se guarda completa, en clase III (pregunta 6).
  • Una licencia para usarlas o coleccionarlas. Hacen falta certificado y autorización especial (pregunta 2), y el coleccionista está autorizado como tal (pregunta 21).
  • Confundir reproducción y réplica. En el art. 2, la copia que funciona es la reproducción (pregunta 8); la réplica solo se parece (pregunta 9).
  • Inutilizar uno o dos componentes. Tienen que ser todos los esenciales (pregunta 19).
  • Un cargador en el arma de un solo tiro. Nunca (pregunta 20).

Fuentes

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