
La normativa española es muy detallada con respecto a los requisitos y condiciones que solicita a todas aquellas personas que quieran obtener una licencia para portar armas. La finalidad no tiene ningún misterio, se busca conocer en todo momento quién tienen el arma y para cuál uso.
Es un sistema que intenta equilibrar el control con la seguridad de los ciudadanos. Ya sea que se practique la caza, el tiro o incluso sólo se coleccionen estas armas. Estos son algunos detalles importantes a conocer.
Documentos que debes tener para llevar contigo un arma de fuego
Para usar un arma de fuego necesitarás de algunos documentos básicos como tu licencia, guía de pertenencia y otros más para circunstancias especiales. Todos se obtienen de una forma diferente y cumplen una función en específico.
Antes de profundizar en estos, recuerda que, para solicitar una licencia de armas, necesitas tener cumplidos los 18 años de edad. Además, considera que las armas automáticas, están prohibidas para particulares, porque estas son consideradas como de guerra. No hay licencia que valga para que un particular las tenga en su poder.
Licencias más típicas
Si quieres cazar o practicar tiro deportivo, las licencias necesarias para practicarlo son las más típicas de conseguir: las licencias D y E.
Licencia tipo D
La licencia tipo D es la específica para las armas largas rayadas. Como, por ejemplo, los rifles, los típicos de caza mayor. Es decir, los rifles de cerrojos, semiautomáticos, pensados para la caza mayor de especies como ciervos, jabalíes y similares.
Sólo puedes tener una licencia D en vigor por persona. Necesitarías para cazar de la guía de pertenencia de ese rifle en concreto y tu licencia D.
Licencia tipo E
La licencia tipo E, es un poco más amplia y cubre las escopetas de caza, las de categoría tercera. También cubre algunas armas largas rayadas, pero de calibre 5,6 milímetros, las que se usan para tiro deportivo. Por igual, a las ballestas, categoría 7.2. Y hasta las armas lanzacabos, que son las 7.3.
Con la licencia tipo E, se puede llegar a poseer hasta seis escopetas. O también hasta seis de esas armas largas de tiro deportivo. Pero, cuidado con la cantidad, puesto que existe, un límite global. El máximo total es de 12 armas amparadas por la licencia E.
Si alguien practica la caza menor con escopeta y también la caza mayor con rifle, necesitará las dos licencias. La E para tu escopeta, y la D para tu rifle. Esto muestra que la ley separa mucho por tipo de arma y uso, aunque seas el dueño. Si te gustan varias modalidades, esto podría complicar un poco el papeleo.
Guía de pertenencia
La guía de pertenencia es tan importante como la licencia del arma. Debido a que esta es como una especie de DNI de la misma. Prácticamente cada arma de fuego necesita la suya propia. Salvo alguna excepción.
Por ejemplo, los arcos no la necesitan. Pero, los rifles de caza mayor, escopetas, incluso armas de aire comprimido o gas, si son potentes a más de 24,2 julios, sí. Pasa lo mismo con las ballestas y los lanzacabos. Todas estas tienen una guía individual, que siempre hay que llevar encima.
Es indispensable que acompañe físicamente al arma en todo momento. No importa si la estás transportando o está guardada en el armero, debe ir con el arma porque allí es dónde está toda la información de la misma.
En una guía de pertenencia se indica la marca, modelo, número de serie y quién es el propietario. Es la clave para saber de quién es cada arma.
Autorización temporal de uso de armas
Cualquier cazador necesita tener consigo la licencia y la guía de pertenencia al usar su arma, pero ¿qué ocurre si la licencia caduca y la renovación tarda? ¿qué ocurre si pierdes la licencia? ¿qué ocurre si te la roban?
Para estos casos especiales, existe la autorización temporal de uso de armas. Es un documento que pides en la Intervención de Armas y Explosivos de la Guardia Civil. La puedes solicitar para estos casos.
Si has pedido renovar la licencia porque caduca, si la has perdido o te la han robado, te dan esta autorización temporal, que será válida por tres meses. Esta sólo te permite seguir usando las armas que ya tenías legalmente con la licencia anterior.
Esta autorización está pensada para funcionar mientras se tramita la licencia nueva definitiva. Por lo que no te servirá para comprar armas nuevas, sólo mantener el uso de las tuyas.
Tarjeta Europea de armas de fuego
¿Te preocupa la movilidad internacional de tu arma? No es para menos. Para movilizarla fuera de España a Portugal o Francia, tendrás que obtener la Tarjeta Europea de armas de fuego.
Este documento es imprescindible si viajas a otro país de la Unión Europea con tus armas. La tarjeta tiene una validez de 5 años, y allí, estará apuntada información clave de las armas que llevarás contigo en el viaje. La información de las armas concretas, debe coincidir para que sea válida.
Esta tarjeta puede ser obtenida tanto para españoles, como por extranjeros que residan legalmente en España. Para renovarla, es fundamental mantener la titularidad de las armas que ampara esa tarjeta. La tarjeta asociada es como un pasaporte del arma.
Edad mínima para poseer armas
¿Pueden los menores de edad tener armas? Este es un tema que genera dudas, pero un menor no puede ser el titular o dueño legal de un arma. Por ejemplo, un menor no puede ser el titular de una escopeta.
Sin embargo, sí podría usarlas en algunas circunstancias desde los 16 años. Pueden usar ciertos tipos de armas, aunque necesitan una autorización especial para ello. Y esa autorización tiene una validez limitada, hasta que cumple la mayoría de edad, los 18 años.
Las edades mínimas para ese uso son muy específicas. Deben tener al menos 16 años para poder usar armas largas rayadas para caza mayor o tiro deportivo. Por igual, deben tener 16 años para otras categorías, como la 3.2, que son carabinas de aire comprimido potentes o la 3.3, armas de avancarga.
Otra condición importante para su uso siendo menor de edad, es que siempre tienen que ir acompañados por un adulto. No un adulto cualquiera. Tiene que ser alguien con licencia de armas en vigor, tipo D, E o F, según el caso. Del mismo modo, tendrá que comprometerse por escrito a estar vigilándoles constantemente mientras usan el arma.
La supervisión debe ser directa y continua. La responsabilidad que asume ese adulto es enorme. La solicitud de autorización especial para el menor debe ser firmada por quien ejerza la patria potestad o la tutela del menor. Es decir, los padres o tutores legales.
Tiempo de validez en las licencias
Las licencias tienen una validez, pero no es la misma. Esta va cambiando según la edad. La edad del titular influye mucho en cuánto dura la licencia antes de tener que renovarla. Por ejemplo, una licencia D, que es para rifle de caza mayor, si te la conceden con 55 años, te durará 5 años en vigencia.
Lo mismo pasa con las licencias tipo E, la de la escopeta. Si estás entre los 50 y los 60 años, también serían 5 años de validez inicial.
Si te dan una licencia E, ya con 62 años, la validez es de 5 años.
Si es una licencia D y tienes 68 años, tendrá una validez de 5 años y deberá ser visada cada 3 años.
Si tienes 71 y 72 años, tanto para la D como para la E, la validez es también de 5 años y debe ser visada cada 3 años.
Es una obligación visar la licencia cada cierto tiempo a partir de los 67 años. Visar es como una reconfirmación, una revisión. Entonces, la reducción de plazos empieza incluso antes de esos 67 años para asegurar que las condiciones psicofísicas siguen siendo adecuadas.
¿Qué pasa si alguien deja de cumplir los requisitos?
Si alguien en cualquier momento deja de cumplir los requisitos por un problema médico o legal, la licencia será revocada, y la administración te la quitará.
Esa revocación puede implicar que no puedas volver a solicitarla durante un tiempo, según el Reglamento de Armas, por un período máximo de 2 años. La administración puede verificar que sigues cumpliendo los requisitos en cualquier momento. No sólo cuando toca renovar o visar. El control es continuo, y la vigencia de la licencia depende totalmente de mantener esas condiciones.
Si pides la licencia por primera vez, tienen un plazo máximo de tres meses para darte una respuesta.
Claves para la tenencia responsable de armas
De acuerdo al reglamento, estos son algunos de los requisitos básicos para obtener de forma responsable las licencias E y D:
Prueba de capacitación
Para obtener las licencias E y D, es también necesario superar las pruebas de capacitación. Estas son más que un simple trámite. Sirven para demostrar la aptitud de la persona, antes incluso de empezar con la burocracia más seria.
Se centran en conocer el funcionamiento del arma. Sobre todo, cómo cuidarla, cómo manejarla y usarla con seguridad. Es como un filtro práctico que valora la habilidad real. Un primer paso indispensable.
Doble filtro de documentación
Una vez se ha demostrado la habilidad real en la primera prueba, será tiempo de mostrar los papeles concretos. Para la licencia D, las armas largas rayadas para la caza mayor, es necesario el doble filtro de documentación.
Por un lado, está el certificado de antecedentes penales. Por lo que, tu situación legal tiene que estar impoluta. Por otro, está el informe de aptitudes psicofísicas. El sistema prioriza la prevención con los antecedentes y la aptitud personal, dibujando así un perfil muy específico del titular que se considera idóneo para usar un arma de fuego.
Para la licencia E, la que cubre escopetas y armas similares con el propósito de la caza menor o tiro deportivo, se mantiene la solicitud de los antecedentes penales en vigor y el informe psicofísico.
Pero se añade otro requisito, tendrás que acreditar la dedicación real. Que sería la caza o el deporte correspondiente. Esto vincula directamente la posesión del arma con un uso previsto y regulado. Ya no basta con ser apto y legalmente fiable.
Hay que justificar para qué quieres esa licencia específica. Es una conexión directa entre el permiso y la actividad. Lo que sí no es necesario, es el certificado del alcalde, que en un pasado era requerido.
Por último, se indica que quien emite la guía de pertenencia es la Guardia Civil, este detalle no hace más que revelar la centralización y el rigor del control que ejerce esta unidad específica de la Guardia Civil. Quien es la que expide este documento y lleva el registro.
En fin, para obtener estas licencias en España, no basta con quererlas. Hay que demostrar habilidad práctica para ello.
Conclusiones
La regulación de armas de fuego en España es un sistema con muchas capas, bastante regulación y que nos lleva a comprender que se trata de una estructura equilibrada que necesita de control y seguridad para funcionar.
Todos los requisitos y documentación requerida buscan saber quiénes son las personas que practican la caza, el tiro o quiénes son coleccionistas. Asimismo, la edad mínima para tener armas, sólo busca la supervisión adulta constante y comprometida, para evitar accidentes que son prevenibles.
Pasa lo mismo con la forma con la que a medida que se envejece se va reduciendo drásticamente la validez de las licencias para adultos, lo que implica un escrutinio más frecuente.
La Guardia Civil siempre trabajará bajo la premisa del control, la de la seguridad y la de vincular claramente la tenencia de armas a prácticas definidas y reguladas.