Una carabina de repetición accionada por gas comprimido, no asimilada a escopeta, pasará revista de armas cada:
Actividad 1 de julio de 2026
Si la carabina de repetición accionada por gas comprimido no está asimilada a escopeta y su energía en boca no supera 24,2 J, no precisa pasar revista; solo las armas que precisen guía de pertenencia están sujetas a la revista quinquenal.
Fundamento normativo esencial
El Reglamento de Armas (Real Decreto 137/1993) clasifica las armas por categorías y vincula la obligación de pasar revista a las armas que precisen guía de pertenencia. El artículo que regula las revistas establece que las armas que precisen guía de pertenencia pasarán revista cada cinco años; por tanto, si un arma no requiere guía, no entra en ese régimen de revista.
Aplicación técnica al supuesto concreto
Clasificación por energía y asimilación: las carabinas de aire o gas se encuadran en la 3.ª categoría cuando la energía en boca excede 24,2 julios (en ese caso precisan guía y revista). Si no superan ese umbral y no están asimiladas a escopeta, quedan en la 4.ª categoría y se documentan mediante tarjeta, no mediante guía de pertenencia.
Consecuencia práctica: una carabina de repetición accionada por gas comprimido, no asimilada a escopeta y con energía ≤ 24,2 J, no necesita pasar revista porque la revista se exige únicamente a las armas que llevan guía de pertenencia.
Por qué las otras opciones son incorrectas
Opción A/B (periodicidad de revista): asignan una periodicidad de revista a un arma que no está sujeta a ese régimen si carece de guía. Aplicar una revista quinquenal a un arma documentada por tarjeta contradice la regla legal que liga la revista a la guía de pertenencia.
Qué debe hacer el titular (recomendaciones prácticas)
Verificar la clasificación técnica del arma (energía en boca y posible asimilación a escopeta). Si existe duda, consulte a la Intervención de Armas o a la autoridad competente para que determinen la categoría y el régimen documental aplicable.
Conserve la documentación que corresponda (tarjeta o guía) y acuda a la Intervención cuando proceda (por ejemplo, si el arma supera el umbral o cambia su condición legal).
Resumen final (clave para el examen o consulta)
Respuesta correcta: C) No necesita pasar revista, siempre que la carabina no esté asimilada a escopeta y no supere 24,2 J en energía en boca; solo las armas que precisen guía de pertenencia están obligadas a la revista quinquenal.
