Si no constituye infracción penal, portar armas de cualquier clase en lugares de reunión salvo que estuvieren habilitados, ¿de qué infracción administrativa se trata?
Actividad 7 de julio de 2026
Pregunta 44
1. Respuesta correcta
A).- Grave. Así aparece en el temario oficial.
2. Explicación sencilla
La pregunta habla de portar armas de cualquier clase en lugares de reunión, salvo que estuvieran habilitados. De nuevo, la clave es el lugar y no tanto el tipo concreto de arma. El Reglamento de Armas considera ilícito, en general, llevar o usar armas en lugares de reunión. Y el régimen sancionador lo incluye expresamente entre las infracciones graves cuando se portan armas en establecimientos públicos o lugares de reunión, concentración, recreo o esparcimiento.
3. Por qué las demás opciones no son correctas
B).- Leve no es correcta porque el porte en lugares de reunión supone un riesgo administrativo relevante.
C).- Muy grave no es correcta porque no se añade ningún elemento de mayor gravedad, como arma prohibida o conducta penal.
4. Regla para resolver preguntas parecidas
Porte de armas en lugares de reunión no habilitados = infracción grave.
5. Trampa habitual del examen
Pensar que solo los establecimientos públicos están incluidos. El temario también incluye lugares de reunión, concentración, recreo y esparcimiento.
6. Resumen final para memorizar
Lugar de reunión y arma portada: grave.
