Si no constituye infracción penal, la tenencia de armas de la 2ª.2 y 3ª2 por particulares, sin tener las autorizaciones o licencias pertinentes, ¿de qué infracción administrativa se trata?
Actividad 7 de julio de 2026
Pregunta 37
1. Respuesta correcta
A).- Grave. Así aparece en el temario oficial.
2. Explicación sencilla
Aquí la conducta no es adquirir, sino tener armas de las categorías 2.ª.2 y 3.ª.2 sin autorizaciones o licencias. La diferencia entre adquirir y tener importa, pero en este caso ambas conductas están incluidas en el mismo bloque sancionador. El Reglamento de Armas considera grave la adquisición, tenencia, cesión o enajenación por particulares sin las licencias o autorizaciones prevenidas cuando se trata, entre otras, de armas largas rayadas o de ánima lisa.
3. Por qué las demás opciones no son correctas
B).- Leve no es correcta porque la tenencia sin autorización de estas armas no queda como infracción residual.
C).- Muy grave no es correcta porque no se trata de uso de armas prohibidas ni de actividades profesionales sin autorización. El supuesto típico del temario es grave.
4. Regla para resolver preguntas parecidas
La tenencia sin licencia de armas largas rayadas o de ánima lisa por particulares se encaja como grave.
5. Trampa habitual del examen
Confundir tenencia con uso. El enunciado solo pregunta por tener el arma sin la autorización pertinente.
6. Resumen final para memorizar
Tener 2.ª.2 o 3.ª.2 sin licencia: grave.
