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Si no constituye infracción penal, la omisión de las medidas de seguridad obligatorias en la fase de almacenamiento por particulares en el lugar de uso, de un arma larga de ánima lisa, ¿de qué infracción administrativa se trata?

Jurijus Petrulis
Jurijus Petrulis(España)

Actividad 7 de julio de 2026

Pregunta 32

1. Respuesta correcta

A).- Grave. Es la opción marcada como correcta en el temario oficial.

2. Explicación sencilla

La clave está en tres elementos: particular, lugar de uso y arma larga de ánima lisa. Aunque no se menciona el domicilio, el lugar de uso también aparece dentro de los supuestos relevantes del régimen sancionador. La conducta es la omisión de medidas de seguridad obligatorias, por lo que no se trata de una mera formalidad. Al no constituir infracción penal, se califica administrativamente. El Reglamento de Armas incluye como grave la omisión, insuficiencia o ineficacia de medidas de seguridad en domicilios, lugares de uso o circulación cuando se trate de armas largas de ánima lisa.

3. Por qué las demás opciones no son correctas

B).- Leve no es correcta porque el supuesto está específicamente previsto como grave.

C).- Muy grave no es correcta porque no se habla de comercio, fabricación, reparación o almacenamiento profesional sin autorización, sino de un particular en el lugar de uso.

4. Regla para resolver preguntas parecidas

No solo importa el tipo de arma. También hay que mirar quién la tiene y dónde se produce la omisión.

5. Trampa habitual del examen

Confundir “lugar de uso” con un lugar menos relevante que el domicilio. Para este supuesto, ambos pueden llevar a infracción grave.

6. Resumen final para memorizar

Particular + lugar de uso + ánima lisa sin seguridad: grave.

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