Si no constituye infracción penal, la adquisición de armas de la 2ª.2 y 3ª2 por particulares, sin tener las autorizaciones o licencias pertinentes, ¿de qué infracción administrativa se trata?
Actividad 7 de julio de 2026
Pregunta 36
1. Respuesta correcta
A).- Grave. El temario oficial marca esta opción.
2. Explicación sencilla
La conducta es la adquisición por particulares de armas de las categorías 2.ª.2 y 3.ª.2 sin autorizaciones o licencias. La categoría 2.ª.2 comprende armas de fuego largas rayadas; la 3.ª.2 comprende escopetas y demás armas largas de ánima lisa. En el régimen sancionador, la adquisición por particulares sin las licencias o autorizaciones pertinentes de este tipo de armas se califica como infracción grave.
3. Por qué las demás opciones no son correctas
B).- Leve no es correcta porque adquirir estas armas sin la habilitación correspondiente no es una irregularidad menor.
C).- Muy grave no es correcta porque la muy grave se reserva para supuestos más intensos, como ciertas actividades de fabricación, reparación, almacenamiento o comercio sin autorización.
4. Regla para resolver preguntas parecidas
Con armas 2.ª.2 o 3.ª.2, si un particular adquiere, tiene, cede o enajena sin licencia o autorización, la respuesta suele ser grave.
5. Trampa habitual del examen
Pensar que toda ausencia de licencia es automáticamente muy grave. En estas categorías y con particulares, el temario la clasifica como grave.
6. Resumen final para memorizar
Adquirir 2.ª.2 o 3.ª.2 sin licencia: grave.
