¿Qué plazo tienen los herederos/as de un arma, depositada en la Intervención de Armas y Explosivos por fallecimiento del/de la titular, para enajenarla?
Actividad 8 de julio de 2026
Pregunta 54
Pregunta: ¿Qué plazo tienen los herederos/as de un arma, depositada en la Intervención de Armas y Explosivos por fallecimiento del/de la titular, para enajenarla?
1. Respuesta correcta
B).- Un año.
2. Explicación sencilla
Una vez depositada el arma por fallecimiento, los herederos disponen de un año para darle el destino previsto, entre ellos enajenarla. El Reglamento de Armas, art. 93.1 y 93.2, establece que las armas quedan durante un año a disposición de los herederos y que durante ese plazo pueden enajenarlas o recuperarlas si cumplen los requisitos.
3. Por qué las demás opciones no son correctas
A).- Una semana. Es un plazo demasiado corto y no es el reglamentario.
C).- No hay plazo establecido. Sí hay plazo: un año.
4. Regla para resolver preguntas parecidas
Herederos: un año desde el depósito para adquirir, enajenar o dar destino legal al arma.
5. Trampa habitual del examen
Confundir el plazo de seis meses para depositar con el plazo de un año para enajenar.
6. Resumen final para memorizar
Para enajenar por herencia: un año.
