¿Qué licencia de armas debe obtenerse para poseer, llevar y usar ballestas (Categoría 7ª2)?
Actividad 5 de julio de 2026
Respuesta directa: Las ballestas (categoría 7ª.2) requieren la Licencia de Armas tipo E. Para poseer, llevar y usar una ballesta sujeta al Reglamento debe obtenerse la licencia E.
Fundamento normativo y fuente principal
Qué dice la Guardia Civil: la información oficial sobre la licencia E indica que esta ampara, entre otras, las armas de la categoría 7ª.2 (ballestas). La Sede Electrónica y la guía de trámites de la Guardia Civil recogen expresamente que la licencia E incluye ballestas y armas asimiladas para tiro deportivo o caza.
Aplicación al enunciado (por qué la opción B es correcta)
Definición práctica: si una arma está catalogada como 7ª.2, su tenencia y uso no son libres ni se regulan por una simple tarjeta deportiva; están sujetos a la expedición de una licencia administrativa. La Guardia Civil clasifica las ballestas en la 7ª.2 y remite a la licencia E como el permiso administrativo necesario para su posesión y uso. Por eso la opción B (Licencia E) es la correcta.
Por qué las otras opciones son incorrectas
A. No precisan licencia. Incorrecto. Las ballestas incluidas en la categoría 7ª.2 están reguladas y sí requieren licencia; no son objetos exentos de control.
C. Tarjeta deportiva. Incorrecto. La tarjeta deportiva (o tarjeta de armas) se utiliza para determinados supuestos y categorías distintas; no sustituye a la licencia administrativa tipo E para ballestas sujetas al Reglamento. La normativa y la información de la Guardia Civil distinguen claramente entre licencias (como la E) y otros documentos administrativos.
Consejo didáctico para el examen
Memotecnia útil: cuando vea “ballesta” piense “7ª.2 → licencia E”. En preguntas tipo test busque la opción que vincule la categoría 7ª.2 con la licencia E.
Si necesita justificar en el examen: cite la página oficial de la Guardia Civil sobre la licencia E y el programa de la prueba teórica, donde se indica que la licencia E ampara las armas de la 3.ª y las subcategorías 7ª.2 y 7ª.3.
Conclusión: marque B. Licencia de armas "E", porque las ballestas reguladas por el Reglamento están incluidas en la categoría 7ª.2 y su tenencia y uso requieren la licencia E según la Guardia Civil.
