¿Qué documento podrá solicitarse en la Intervención de Armas, ante la pérdida, destrucción, robo o sustracción de la licencia de armas?
Creado el 6 de julio de 2026
Autorización temporal de uso de armas
Pregunta 13. ¿Qué documento podrá solicitarse en la Intervención de Armas, ante la pérdida, destrucción, robo o sustracción de la licencia de armas? Respuesta correcta: C) Autorización temporal de uso de armas.
Fundamento normativo
La Intervención de Armas y Explosivos puede expedir una autorización temporal de uso de armas cuando se produce la pérdida, destrucción, robo o sustracción de la licencia o cuando la licencia está próxima a caducar y se ha solicitado su renovación.
Aplicación práctica y por qué la opción C es correcta
Qué autoriza: la autorización temporal permite al titular seguir usando las armas mientras se tramita la reposición de la licencia o su renovación.
Quién la expide: la emite la Intervención de Armas y Explosivos, que es la autoridad competente para estos trámites.
Finalidad: evita la interrupción de actividades legítimas (caza, tiro deportivo, uso profesional) durante el tiempo necesario para resolver el expediente administrativo.
Por qué las otras opciones son incorrectas
A) Guía de pertenencia. La guía de pertenencia es el documento registral que identifica individualmente un arma y su titular; no es el título provisional que se expide para autorizar temporalmente el uso del arma cuando falta la licencia.
B) Guía de circulación. La guía de circulación tiene un uso distinto (traslados puntuales) y no sustituye la autorización temporal que habilita el uso del arma mientras se repone o renueva la licencia.
Resumen
Clave: ante la pérdida, destrucción, robo o sustracción de la licencia, o durante la tramitación de su renovación, se puede solicitar en la Intervención una autorización temporal de uso de armas para mantener legalmente el uso del arma. Respuesta correcta: C.
