No pasar dos revistas consecutivas, dará lugar a la anulación y retirada de la Guía de Pertenencia, ¿a qué dará lugar también?
Creado el 1 de julio de 2026
B) A la apertura de un expediente sancionador.
Fundamento normativo y técnico
Anulación y retirada de la guía: el Reglamento de Armas prevé que la no presentación del arma en dos revistas consecutivas sea causa de anulación y retirada de la guía de pertenencia.
Tipificación como infracción administrativa: la omisión de la revista está tipificada como infracción administrativa en el régimen sancionador del Reglamento; por ello, además de la retirada de la guía, procede la incoación de un expediente sancionador por la infracción correspondiente.
Aplicación al caso concreto
Si un titular no presenta el arma para pasar la revista en dos ocasiones consecutivas, la Administración puede:
Retirar y anular la guía de pertenencia del arma.
Abrir un expediente sancionador para imponer la sanción administrativa prevista (multas, medidas accesorias, etc.).
Por qué no encajan las otras opciones
A) Pérdida de la propiedad del arma. La retirada administrativa de la guía y el depósito del arma no equivalen automáticamente a una pérdida de la propiedad por vía civil; la propiedad puede verse afectada por el destino administrativo del arma, pero la consecuencia inmediata y directa es administrativa (retirada/depósito), no una transmisión de la titularidad.
C) Imposibilidad de cazar durante un año. El Reglamento no establece como efecto directo e inmediato, por la sola omisión de revista, una prohibición genérica de cazar durante un año; las sanciones concretas y sus plazos se determinan en el expediente sancionador según la gravedad y la categoría del arma.
Consecuencias prácticas y recomendaciones
Consecuencias reales: multas, retirada de la guía, depósito del arma y otras medidas administrativas; la apertura del expediente sancionador formaliza la imposición de sanciones.
Qué hacer para evitarlo: presentar el arma en la fecha de la revista; si no puede acudir, autorizar por escrito a un tercero debidamente identificado (mejor si tiene licencia) para que la presente; conservar justificantes.
En caso de notificación: atienda el expediente sancionador dentro de los plazos, aporte justificaciones o pruebas y, si procede, recurra las resoluciones por las vías administrativas o judiciales correspondientes.
Resumen final No pasar dos revistas consecutivas genera la anulación y retirada de la guía de pertenencia y puede dar lugar a la apertura de un expediente sancionador por la infracción administrativa correspondiente; por tanto, la respuesta correcta es B.
