Los/Las comerciantes autorizados/as, ¿dejarán a probar un arma de fuego una persona sin Licencia de Armas?
Creado el 8 de julio de 2026
Pregunta 24
Pregunta: Los/Las comerciantes autorizados/as, ¿dejarán a probar un arma de fuego una persona sin Licencia de Armas?
1. Respuesta correcta
B).- No.
2. Explicación sencilla
No se puede dejar a probar un arma de fuego a una persona sin licencia de armas. La prueba está vinculada a la posible adquisición del arma, pero exige que la persona posea la licencia correspondiente. El Reglamento de Armas, art. 27.2, es claro: la persona interesada en adquirir el arma debe poseer la correspondiente licencia.
3. Por qué las demás opciones no son correctas
A).- Sí. Es contraria a la exigencia de licencia.
C).- Sí, con autorización del/de la Armero/a. La autorización del armero no sustituye la licencia de armas.
4. Regla para resolver preguntas parecidas
Sin licencia correspondiente, no hay prueba de arma.
5. Trampa habitual del examen
Pensar que basta la autorización del vendedor o armero. No basta.
6. Resumen final para memorizar
Sin licencia, no se prueba el arma.
