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Los/Las comerciantes autorizados/as, ¿dejarán a probar un arma de fuego una persona sin Licencia de Armas?

Jurijus Petrulis
Jurijus Petrulis(España)

Creado el 8 de julio de 2026

Pregunta 24

Pregunta: Los/Las comerciantes autorizados/as, ¿dejarán a probar un arma de fuego una persona sin Licencia de Armas?

1. Respuesta correcta

B).- No.

2. Explicación sencilla

No se puede dejar a probar un arma de fuego a una persona sin licencia de armas. La prueba está vinculada a la posible adquisición del arma, pero exige que la persona posea la licencia correspondiente. El Reglamento de Armas, art. 27.2, es claro: la persona interesada en adquirir el arma debe poseer la correspondiente licencia.

3. Por qué las demás opciones no son correctas

A).- Sí. Es contraria a la exigencia de licencia.
C).- Sí, con autorización del/de la Armero/a. La autorización del armero no sustituye la licencia de armas.

4. Regla para resolver preguntas parecidas

Sin licencia correspondiente, no hay prueba de arma.

5. Trampa habitual del examen

Pensar que basta la autorización del vendedor o armero. No basta.

6. Resumen final para memorizar

Sin licencia, no se prueba el arma.

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