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Las armas de fuego antiguas, sus reproducciones y asimiladas, susceptibles de hacer fuego, ¿en qué lugares se podrán utilizar?

Jurijus Petrulis
Jurijus Petrulis(España)

Actividad 6 de julio de 2026

Respuesta breve: A) Excepcionalmente, en campos, galerías o polígonos de tiro controlados para prácticas, previa obtención de una autorización especial. Las armas antiguas, sus reproducciones y asimiladas susceptibles de hacer fuego sólo pueden usarse en lugares controlados y con autorización administrativa previa.

Cuál es la opción correcta

A es la respuesta correcta: el uso es excepcional y limitado a campos, galerías o polígonos de tiro controlados (y terrenos cinegéticos controlados para determinadas competiciones/prácticas), y siempre previa obtención de una autorización especial.

Por qué es correcta

  • Criterio administrativo: el temario oficial y la información sobre la autorización especial (AE) establecen que quienes quieran utilizar armas de avancarga, armas antiguas o sus reproducciones susceptibles de hacer fuego deben obtener esa autorización y además poseer el certificado del banco oficial de pruebas por cada arma. Esto condiciona y limita el uso a instalaciones controladas.

Por qué las demás opciones son incorrectas

  • B) Únicamente en polígonos de tiro de concurso. Incorrecta porque limita excesivamente los lugares: la normativa admite campos, galerías o polígonos de tiro controlados y, en su caso, terrenos cinegéticos controlados para prácticas o competiciones; no se reduce sólo a polígonos de concurso.

  • C) En todo caso, en la caza mayor. Incorrecta y peligrosa como respuesta de examen: no existe una autorización general para usar estas armas en la caza mayor; su uso en actividades cinegéticas está sujeto a condiciones muy concretas y, en cualquier caso, requiere la autorización especial y el cumplimiento de los requisitos técnicos y de seguridad.

Qué concepto debe memorizar el alumno

Memorizar: “Armas antiguas/reproducciones susceptibles de hacer fuego → uso sólo en instalaciones controladas (campos, galerías, polígonos y, excepcionalmente, terrenos cinegéticos) y siempre con autorización especial y certificado del banco de pruebas por arma.”

Qué confusión habitual debe evitar

Evita pensar que la inscripción como coleccionista o tener una licencia ordinaria basta para usar estas piezas. Poseer y usar son trámites distintos: la autorización especial y el certificado técnico son requisitos adicionales para disparar o practicar con ellas; la mera tenencia como colección tiene otros registros y obligaciones.

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