¿Es cierto que el Reglamento de Armas dispone que las armas de las categorías 1ª y todas las de concurso, pasarán revista cada tres años y las demás a
Actividad 1 de julio de 2026
Falso. El Reglamento vigente fija la revista cada cinco años para las armas que precisen guía de pertenencia; no existe la regla general que describe de tres años para la 1.ª categoría y todas las de concurso.
Fundamento normativo esencial
Regla general de periodicidad: “Las armas que precisen guía de pertenencia pasarán revista cada cinco años.” Esta previsión figura en el artículo 90 del Reglamento de Armas.
Momento y órganos: el mismo artículo 90 regula además quiénes y en qué mes deben pasar la revista (por ejemplo, personal en servicio exterior, poseedores de licencia C, y el resto en el mes de renovación de la licencia).
Aplicación al enunciado
La afirmación del enunciado mezcla una periodicidad trienal para la 1.ª categoría y las armas de concurso con una periodicidad distinta para las demás armas; esa distinción no corresponde con la redacción vigente del artículo 90, que unifica la revista quinquenal para las armas que precisen guía. Por tanto la afirmación es falsa.
Por qué importa esta precisión
Obligatoriedad administrativa: la periodicidad correcta determina plazos de presentación, evita sanciones y previene la retirada de la guía por omisión reiterada. El Reglamento también exige la presentación física del arma para la revista y prevé consecuencias por no pasarla.
Riesgos y consecuencias prácticas
No pasar la revista en los plazos establecidos puede dar lugar a expediente sancionador y, si se omiten dos revistas consecutivas, a la anulación y retirada de la guía de pertenencia y al depósito del arma conforme al Reglamento.
Explicación comparativa
El Reglamento de Armas establece plazos distintos según la categoría del arma:
Armas de la categoría 1ª (armas cortas: pistolas y revólveres) → revista cada 3 años.
Armas de concurso (las utilizadas en competiciones deportivas) → revista cada 5 años.
Las demás armas que precisen guía de pertenencia (escopetas, rifles, carabinas de aire comprimido de alta potencia, etc.) → revista cada 5 años.
La confusión surge porque la pregunta 29 mezcla incorrectamente los plazos:
Dice que categoría 1ª y concurso pasan cada 3 años, lo cual es falso porque las de concurso pasan cada 5 años.
Por eso la respuesta correcta es B) Falso.
La pregunta 41 confirma el plazo real de las armas de concurso: 5 años, lo que corrige la afirmación de la pregunta 29.
Recomendaciones para el examen
Memorice la regla: revista cada cinco años para las armas que precisen guía.
Categoría 1ª → 3 años.
Armas de concurso → 5 años.
Resto de armas con guía → 5 años.
Ten en cuenta que las preguntas de examen buscan detectar si el opositor distingue entre armas cortas y armas de concurso, ya que no comparten el mismo plazo.
Compruebe la documentación de su arma (¿figura con guía o con tarjeta?) y el mes de renovación de su licencia, porque la revista suele vincularse a ese mes para la mayoría de titulares.
Si no puede acudir personalmente, autorice por escrito a un tercero con licencia para que presente el arma; conserve siempre el justificante de la revista.
Resumen final
Respuesta correcta en la prueba: B) Falso. La regla vigente es la revista cada cinco años para las armas que precisen guía de pertenencia; la afirmación que establece tres años para la 1.ª categoría y todas las de concurso no se ajusta al texto actual del Reglamento.
