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En caso de fallecimiento del/de la titular de un arma, ¿qué deberán hacer los familiares con las armas del fallecido?

Jurijus Petrulis
Jurijus Petrulis(España)

Creado el 8 de julio de 2026

Pregunta 53

Pregunta: En caso de fallecimiento del/de la titular de un arma, ¿qué deberán hacer los familiares con las armas del fallecido?

1. Respuesta correcta

B).- Depositarlas en la Intervención de Armas.

2. Explicación sencilla

Cuando fallece el titular, los familiares, herederos o albaceas no pueden usar las armas ni quedárselas sin trámite. Deben depositarlas en la Intervención de Armas. El Reglamento de Armas, art. 93.1, establece el depósito de las armas en caso de fallecimiento del titular particular.

3. Por qué las demás opciones no son correctas

A).- Pueden hacer uso de las mismas sin ningún requisito previo. Es falso. El uso exige habilitación y documentación.
C).- Pasarán a propiedad del hijo mayor de la familia. No existe esa regla en el temario.

4. Regla para resolver preguntas parecidas

Fallecimiento del titular: los familiares depositan las armas en Intervención de Armas.

5. Trampa habitual del examen

Pensar que las armas pasan automáticamente a los herederos. Primero se depositan y luego se tramita el destino legal.

6. Resumen final para memorizar

Fallece el titular: armas a Intervención.

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