El hecho de no pasar dos revistas del arma, ¿es causa de anulación y retirada de la guía de pertenencia?
Actividad 1 de julio de 2026
Sí - no pasar dos revistas consecutivas es causa de anulación y retirada de la guía de pertenencia; además, puede iniciarse un expediente sancionador por la infracción administrativa correspondiente.
Fundamento normativo esencial
El Reglamento de Armas (Real Decreto 137/1993) establece expresamente que las armas que precisen guía de pertenencia pasarán revista cada cinco años y que la falta de presentación en dos revistas consecutivas será causa de anulación y retirada de la guía, con depósito del arma y destino administrativo según el artículo 165.
¿Por qué es una sanción administrativa?
La omisión de la revista está tipificada en el régimen sancionador del Reglamento como infracción administrativa; por tanto, además de la retirada de la guía, la Administración puede incoar un expediente sancionador para imponer las sanciones previstas (multas y medidas accesorias) conforme a lo dispuesto en el propio Reglamento. No pasar la revista no constituye, por sí sola, un delito penal salvo que concurran hechos distintos que encajen en tipos penales.
Aplicación práctica y consecuencias concretas
Efecto inmediato: anulación y retirada de la guía de pertenencia y depósito del arma en el lugar que determine la Administración.
Acción administrativa paralela: apertura de expediente sancionador por la infracción administrativa de omisión de revista; el expediente determinará la sanción concreta según la gravedad y la categoría del arma.
Riesgo adicional: la reiteración o la concurrencia de otras faltas (por ejemplo, tenencia irregular, falsedad documental) puede agravar las consecuencias y dar lugar a responsabilidades penales o administrativas mayores.
Qué debe hacer el titular para evitar sanciones
Comprobar la fecha de la revista (se realiza cada cinco años para armas con guía) y acudir en el mes correspondiente o cuando la Intervención lo indique. Presentación física del arma es inexcusable, personalmente o por tercero autorizado por escrito.
Llevar la documentación: guía original, DNI/NIE y licencia que habilite para el arma; si acude un tercero, autorización escrita y DNI del autorizado.
Conservar justificantes: solicite y guarde el comprobante de la revista; es la prueba frente a posibles expedientes.
Resumen final
Respuesta correcta: B) Sí. No pasar dos revistas consecutivas provoca la anulación y retirada de la guía de pertenencia y puede dar lugar a la apertura de un expediente sancionador en el marco del Reglamento de Armas. Para evitarlo, presente el arma en la fecha prevista o autorice por escrito a un tercero y conserve el justificante administrativo.
