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¿Cuándo prescribirán las infracciones administrativas muy graves?

Jurijus Petrulis
Jurijus Petrulis(España)

Creado el 13 de abril de 2026

¿Cuándo prescribirán las infracciones administrativas muy graves?

Correcta: C) A los 2 años.
En el temario oficial sobre régimen sancionador en materia de armas de la Guardia Civil se indica que las infracciones administrativas muy graves prescriben a los 2 años.


Explicación clara para entenderlo

  • Regla aplicable en materia de armas: el material formativo y la normativa sectorial que desarrolla el Reglamento de Armas fijan el plazo de prescripción de las infracciones muy graves en 2 años, de modo que, para procedimientos sancionadores en este ámbito, la Administración pierde la facultad de imponer sanción transcurrido ese plazo desde la comisión de la infracción.

  • Regla general del derecho administrativo: la Ley que regula plazos supletorios en la Administración establece un régimen distinto cuando no hay norma específica; si no existe un plazo fijado por la ley sectorial, las infracciones muy graves prescriben a los 3 años. Esto significa que la regla general (3 años) se aplica solo si la norma sectorial no establece un plazo concreto.


Cuándo empieza a contarse y cómo se interrumpe

  • Inicio del cómputo: el plazo comienza a contarse desde el día en que se cometió la infracción; en infracciones continuadas o permanentes, desde que finaliza la conducta.

  • Interrupción: la prescripción se interrumpe si se inicia, con conocimiento del interesado, un procedimiento sancionador; tras la interrupción el cómputo puede reiniciarse según las reglas legales.


Qué debes recordar para el examen o consulta práctica

  • Para preguntas del temario y procedimientos en materia de armas, responde 2 años porque esa es la regla que recoge el temario oficial.

  • Si dudas en un caso concreto, comprueba si existe una norma sectorial o reglamentaria que fije el plazo; si no la hay, se aplicará la regla general de la Ley (3 años).


Resumen: en el ámbito de armas la prescripción de las infracciones muy graves figura como 2 años en el temario/reglamento aplicable; la norma general del derecho administrativo establece 3 años solo cuando no hay plazo específico.

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