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¿Cada cuántos años pasan revista las armas de la 3ª categoría?

Jurijus Petrulis
Jurijus Petrulis(España)

Actividad 1 de julio de 2026

A) Cinco años. Las armas de la 3.ª categoría que precisen guía de pertenencia pasan revista cada cinco años; la comprobación se realiza ante la Intervención de Armas o el Puesto competente.

Fundamento normativo

  • Qué dice la norma: El artículo 90 del Reglamento de Armas establece que las armas que precisen guía de pertenencia pasarán revista cada cinco años y regula además los momentos y órganos encargados de la revista.

  • Relación con la 3.ª categoría: Las armas de la 3.ª categoría están entre las que, cuando así lo exige su apartado, precisan guía de pertenencia; por tanto, cuando una arma de esa categoría figura con guía, queda sujeta a la revista quinquenal.

Aplicación práctica (qué significa para el titular)

  • Periodicidad: Cada cinco años deberá presentarse el arma para la revista si está documentada con guía. La revista suele coincidir con la renovación de la licencia del titular o con los meses específicos que el Reglamento fija para determinados colectivos.

  • Presentación física obligatoria: Es inexcusable presentar el arma para la comprobación, ya sea personalmente o por medio de un tercero autorizado por escrito.

  • Quién anota: la anotación de la revista la realiza el/ la Interventor/a de Armas, salvo excepciones reglamentarias para colectivos concretos.

Por qué no valen las otras opciones

  • No es una periodicidad anual ni trienal: la redacción vigente del Reglamento unifica la revista quinquenal para las armas que precisen guía; referencias a tres años corresponden a redacciones anteriores o a supuestos distintos.

  • No depende de uso o competición: la obligación de revista se vincula a la documentación (guía) y no a la frecuencia de uso o a la participación en competiciones.

Consecuencias de no pasar la revista

  • Omisión sancionable: la falta de presentación puede ser considerada infracción administrativa y dar lugar a expediente sancionador.

  • Reiteración grave: no pasar dos revistas consecutivas es causa de anulación y retirada de la guía de pertenencia y depósito del arma conforme al Reglamento.

Recomendaciones prácticas (lista rápida)

  • Compruebe si su arma figura con guía de pertenencia; si no está seguro, consulte la Intervención de Armas.

  • Antes de acudir: lleve guía original, DNI y licencia vigente; si envía a un tercero, prepare autorización escrita y copia del DNI del autorizado.

  • Solicite justificante de la anotación y guárdelo para futuras renovaciones o comprobaciones.

Resumen final: Respuesta correcta: A) Cinco años. Las armas de la 3.ª categoría que precisen guía de pertenencia pasan revista cada cinco años; la presentación física ante la Intervención o Puesto competente es obligatoria y la omisión reiterada puede acarrear la retirada de la guía.

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