¿Cada cuántos años pasan revista las armas de la 3ª categoría?
Actividad 1 de julio de 2026
A) Cinco años. Las armas de la 3.ª categoría que precisen guía de pertenencia pasan revista cada cinco años; la comprobación se realiza ante la Intervención de Armas o el Puesto competente.
Fundamento normativo
Qué dice la norma: El artículo 90 del Reglamento de Armas establece que las armas que precisen guía de pertenencia pasarán revista cada cinco años y regula además los momentos y órganos encargados de la revista.
Relación con la 3.ª categoría: Las armas de la 3.ª categoría están entre las que, cuando así lo exige su apartado, precisan guía de pertenencia; por tanto, cuando una arma de esa categoría figura con guía, queda sujeta a la revista quinquenal.
Aplicación práctica (qué significa para el titular)
Periodicidad: Cada cinco años deberá presentarse el arma para la revista si está documentada con guía. La revista suele coincidir con la renovación de la licencia del titular o con los meses específicos que el Reglamento fija para determinados colectivos.
Presentación física obligatoria: Es inexcusable presentar el arma para la comprobación, ya sea personalmente o por medio de un tercero autorizado por escrito.
Quién anota: la anotación de la revista la realiza el/ la Interventor/a de Armas, salvo excepciones reglamentarias para colectivos concretos.
Por qué no valen las otras opciones
No es una periodicidad anual ni trienal: la redacción vigente del Reglamento unifica la revista quinquenal para las armas que precisen guía; referencias a tres años corresponden a redacciones anteriores o a supuestos distintos.
No depende de uso o competición: la obligación de revista se vincula a la documentación (guía) y no a la frecuencia de uso o a la participación en competiciones.
Consecuencias de no pasar la revista
Omisión sancionable: la falta de presentación puede ser considerada infracción administrativa y dar lugar a expediente sancionador.
Reiteración grave: no pasar dos revistas consecutivas es causa de anulación y retirada de la guía de pertenencia y depósito del arma conforme al Reglamento.
Recomendaciones prácticas (lista rápida)
Compruebe si su arma figura con guía de pertenencia; si no está seguro, consulte la Intervención de Armas.
Antes de acudir: lleve guía original, DNI y licencia vigente; si envía a un tercero, prepare autorización escrita y copia del DNI del autorizado.
Solicite justificante de la anotación y guárdelo para futuras renovaciones o comprobaciones.
Resumen final: Respuesta correcta: A) Cinco años. Las armas de la 3.ª categoría que precisen guía de pertenencia pasan revista cada cinco años; la presentación física ante la Intervención o Puesto competente es obligatoria y la omisión reiterada puede acarrear la retirada de la guía.
