¿Cada cuánto tiempo pasarán revista las ballestas?
Actividad 1 de julio de 2026
Sí - las ballestas documentadas con guía de pertenencia deben pasar revista cada cinco años.
Fundamento normativo
Las ballestas están incluidas en la 7.ª categoría y, cuando corresponda por su apartado, precisan guía de pertenencia conforme al Reglamento de Armas; las armas que precisen guía pasarán revista cada cinco años.
Aplicación al caso concreto
Si la ballesta figura en los apartados 1 a 4 de la 7.ª categoría y, por tanto, está documentada mediante guía de pertenencia, queda sujeta al régimen de revista quinquenal: deberá presentarse físicamente ante la Intervención de Armas o el Puesto competente para la comprobación administrativa y técnica.
La revista se realiza en el momento de la renovación de la licencia o en el mes que el Reglamento determine para cada colectivo (por ejemplo, titulares con licencia C tienen un mes concreto), y la anotación la efectúan los interventores de armas.
Por qué no encajan las otras opciones
No basta con que la ballesta no sea arma de fuego: la obligación de guía y revista no depende exclusivamente de ser arma de fuego, sino de la categoría y la documentación exigida por el Reglamento; por eso una ballesta con guía sí pasa revista.
La periodicidad vigente es cinco años: la norma actual unifica la revista quinquenal para las armas que precisen guía; la referencia a tres años corresponde a redacciones antiguas o a fuentes desactualizadas.
Consecuencias y riesgos (importante)
Presentación inexcusable: para pasar revista es obligatorio presentar el arma, personalmente o por medio de un tercero autorizado por escrito; la falta de presentación puede acarrear sanciones.
No pasar dos revistas consecutivas puede ser causa de anulación y retirada de la guía de pertenencia, con depósito del arma y destino administrativo previsto en el Reglamento.
Recomendaciones prácticas
Compruebe la categoría de su ballesta (si figura en los apartados que exigen guía). Si tiene dudas, consulte la Intervención de Armas de su demarcación.
Antes de la revista lleve la guía, su documento de identidad y, si autoriza a un tercero, una autorización escrita firmada; si el tercero presenta el arma, es recomendable que posea licencia.
Conserve el justificante de la revista para evitar problemas en futuras comprobaciones o renovaciones.
Resumen final
Respuesta correcta: C) Cada cinco años como las escopetas. Si la ballesta está documentada mediante guía de pertenencia (7.ª categoría, apartados aplicables), debe pasar revista cada cinco años ante la Intervención o Puesto competente; la presentación del arma es inexcusable y la omisión puede conllevar la retirada de la guía.
