Alguien puede explicarme?
Creado el 18 de febrero de 2026
Alguien puede explicarme porque. En el tema 4 pregunta 5
¿Se puede expedir una licencia de armas a un español residente en Francia? Por qué es el A y no El B
- – comentado por Jurijus Petrulis
Pregunta 5
¿Se puede expedir una licencia de armas a un español residente en Francia?
Respuesta correcta: A) Sí.Explicación detallada
El Reglamento de Armas permite expedir licencias de armas a ciudadanos españoles, aunque residan en el extranjero, siempre que se cumplan los requisitos legales.
La clave no es la residencia, sino la nacionalidad
El Reglamento no exige residencia en España para los españoles.
Lo que exige es:
Ser ciudadano español.
Cumplir los requisitos psicofísicos, penales y administrativos.
Solicitar la licencia ante la Intervención de Armas competente.
Por tanto, un español residente en Francia puede obtener una licencia de armas española.
¿Por qué esto es posible?
Porque:
La licencia de armas no es un permiso de residencia, sino una autorización administrativa.
El Reglamento distingue entre:
Españoles (pueden obtener licencia aunque vivan fuera).
Extranjeros (sujetos a requisitos adicionales y convenios internacionales).
En el caso planteado:
Español
Residente en un país de la UE
Sí puede expedirse la licencia.
Fundamento en el temario oficial
El Tema IV del temario oficial de la Guardia Civil recoge expresamente esta posibilidad, y por eso en los test oficiales la respuesta correcta es:
A) Sí
No se introduce ninguna limitación por residir en Francia u otro país.
Error típico de examen
Pensar que:
“Si no reside en España, no puede tener licencia”
Incorrecto.
La residencia no anula el derecho del ciudadano español a solicitar una licencia de armas conforme al Reglamento.
Resumen para el examen
Español residente en el extranjero → SÍ puede obtener licencia.
La residencia no es un requisito excluyente.
La nacionalidad española es el elemento clave.