Al cesar en la habilitación para la tenencia legal de las armas ¿En qué momento el/la interesado/a deberá depositar las armas con las correspondientes guías de pertenencia?
Actividad 8 de julio de 2026
Pregunta 41
Pregunta: Al cesar en la habilitación para la tenencia legal de las armas ¿En qué momento el/la interesado/a deberá depositar las armas con las correspondientes guías de pertenencia?
1. Respuesta correcta
B).- Inmediatamente.
2. Explicación sencilla
La pregunta repite la regla central del depósito por cese de habilitación. No hay que esperar días ni basta con comunicarlo. El Reglamento de Armas, art. 165.1, exige depósito inmediato de las armas con sus guías de pertenencia cuando cesa la habilitación para la tenencia legal.
3. Por qué las demás opciones no son correctas
A).- Dentro del plazo de 10 días desde que cesó en dicha habilitación. El plazo correcto no es diez días, sino inmediatamente.
C).- Quedará exento del depósito si comunica tal vicisitud... La comunicación no sustituye el depósito cuando ha cesado la habilitación.
4. Regla para resolver preguntas parecidas
Cese de habilitación = depósito inmediato con guías.
5. Trampa habitual del examen
Buscar un plazo numérico. En este supuesto no se memoriza un número: se memoriza “inmediatamente”.
6. Resumen final para memorizar
Cese de habilitación: inmediatamente.
