Preguntas y respuestas del tema 1: Legislación cinegética y normativa ambiental

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El tema 1, «Legislación cinegética y normativa ambiental», tiene 30 preguntas, y aquí están todas con la respuesta correcta. Las 11 primeras tratan de la normativa internacional y estatal: los convenios sobre especies migratorias, las directivas de aves y de hábitats, la Red Natura 2000, el reparto de competencias y la Ley del Patrimonio Natural. Las 19 restantes son de la normativa del País Vasco: las órdenes de vedas, la Ley 2/2011, el examen de aptitud, los espacios naturales protegidos, el catálogo vasco de especies amenazadas y las competencias forales. Fíjate en qué regula cada norma.

La respuesta correcta, la que marca la plantilla de corrección del cuestionario, aparece resaltada en verde y escrita con su letra debajo de cada pregunta, por ejemplo «Respuesta correcta: b».

Explicación elaborada por la redacción de Yurkap; lo que vale es la respuesta del cuestionario oficial del Gobierno Vasco y la norma vigente.

Nota de Yurkap: las preguntas 22, 23 y 24 conservan las respuestas de la plantilla del cuestionario de 2014. La clasificación de espacios protegidos de la 23 y las cuatro categorías del catálogo de especies amenazadas de la 24 no describen la Ley 9/2021 de conservación del patrimonio natural de Euskadi (artículos 37 y 69, con su disposición transitoria quinta). En el examen vale la respuesta del cuestionario; para la regulación actual, consulta la ley.

Normativa internacional y estatal

Preguntas 1–11, con la numeración del cuestionario

  1. ¿Cuál de estos tratados internacionales tiene relevancia en cuanto a la gestión y aprovechamiento de las especies de flora y fauna?

    a) El Convenio de Bonn, que tiene por objeto la conservación de las especies migratorias a escala mundial.
    b) El Convenio de Estambul, que trata en exclusiva sobre la conservación de las aves acuáticas a escala mundial.
    c) El Convenio de Rabat, que trata de la conservación de la caza.

    Respuesta correcta: a

    Por qué es la respuesta correcta El Convenio de Bonn es un tratado internacional cuyo objeto es la conservación de las especies migratorias de la fauna silvestre a escala mundial. Sus partes reconocen la importancia de conservar esas especies y de prestar una atención particular a las que tienen un estado de conservación desfavorable. El manual lo cita, junto al Convenio de Berna, como uno de los dos tratados con más relevancia para la gestión y el aprovechamiento de la flora y la fauna, y por tanto de las especies de caza.Por qué las demás respuestas son incorrectas
    • b) No existe un convenio de conservación con ese nombre y objeto; el tratado dedicado a los humedales y a las aves acuáticas es el Convenio de Ramsar.
    • c) No existe un tratado internacional con ese nombre dedicado a la caza; los convenios que recoge el manual son los de Berna y Bonn.
    Idea clave Bonn protege las especies migratorias en todo el mundo. Fuente: Convenio de Bonn sobre la conservación de las especies migratorias (instrumento de ratificación), preámbulo y art. II; Manual de caza del Gobierno Vasco (1.ª edición corregida, diciembre de 2014), capítulo 1, apartado 1.1
  2. La Directiva de Aves establece un régimen de protección para todas las aves silvestres de Europa. Esta Directiva:

    a) Prohíbe la caza de las aves migratorias.
    b) Crea la Red Ecológica europea, la Red Natura 2000.
    c) Autoriza la caza de determinadas especies siempre que se haga de manera equilibrada y con métodos selectivos y no masivos.

    Respuesta correcta: c

    Por qué es la respuesta correcta La Directiva de aves protege a todas las especies de aves que viven en estado silvestre en Europa y, a la vez, admite la caza de las especies de su anexo II en el marco de la legislación nacional. Exige que esa caza respete una utilización razonable y una regulación equilibrada de las poblaciones, que no se practique en la época de reproducción y crianza ni, para las migratorias, en el regreso a los lugares de nidificación, y prohíbe los medios de captura masivos o no selectivos.Por qué las demás respuestas son incorrectas
    • a) No prohíbe cazar aves migratorias; admite su caza fuera de la reproducción y del trayecto de regreso a los lugares de cría.
    • b) La red Natura 2000 la crea la Directiva de hábitats; la de aves aporta las zonas de especial protección para las aves que se integran en ella.
    Idea clave Caza permitida de especies concretas, con medios selectivos y fuera de la cría. Fuente: Directiva 2009/147/CE, relativa a la conservación de las aves silvestres, arts. 1, 7 y 8; Manual de caza del Gobierno Vasco (1.ª edición corregida, diciembre de 2014), capítulo 1, apartado 1.2
  3. Una de las herramientas principales de la Directiva de Aves es:

    a) La Red Ecológica europea, la Red Natura 2000.
    b) La red de Zonas Especiales de Protección para las Aves (ZEPA).
    c) La red de Lugares de Interés Comunitario (LIC).

    Respuesta correcta: b

    Por qué es la respuesta correcta La Directiva de aves obliga a los Estados a clasificar como zonas de protección especial los territorios más adecuados para conservar las especies de su anexo I y las migratorias de llegada regular. Esa red de zonas de especial protección para las aves, las ZEPA, es su herramienta principal de conservación de hábitats y nació ya con la directiva anterior a la vigente. Las ZEPA se integran después en la red Natura 2000.Por qué las demás respuestas son incorrectas
    • a) La red Natura 2000 la crea la Directiva de hábitats y reúne las ZEPA con las zonas especiales de conservación; no es una herramienta propia de la Directiva de aves.
    • c) Los lugares de importancia comunitaria se proponen con los criterios de la Directiva de hábitats y se convierten en zonas especiales de conservación.
    Idea clave Directiva de aves: ZEPA; Directiva de hábitats: LIC, ZEC y Natura 2000. Fuente: Directiva 2009/147/CE, relativa a la conservación de las aves silvestres, art. 4; Directiva 92/43/CEE, relativa a la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres, arts. 3 y 4; Manual de caza del Gobierno Vasco (1.ª edición corregida, diciembre de 2014), capítulo 1, apartado 1.2
  4. La Directiva de Hábitats tiene por finalidad asegurar la biodiversidad de la Unión europea, mediante la conservación de:

    a) Los hábitats naturales, así como de la fauna y flora silvestres.
    b) Las aves silvestres.
    c) Las especies migratorias y sus nidos.

    Respuesta correcta: a

    Por qué es la respuesta correcta La Directiva de hábitats tiene por objeto contribuir a garantizar la biodiversidad mediante la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres en el territorio europeo de los Estados miembros. Sus medidas buscan mantener o restablecer en un estado de conservación favorable los hábitats y las especies de interés comunitario, y para ello crea la red Natura 2000 con las zonas especiales de conservación.Por qué las demás respuestas son incorrectas
    • b) Las aves silvestres son el objeto de la Directiva de aves; la de hábitats se ocupa del resto de la fauna, de la flora y de los hábitats.
    • c) Las especies migratorias en general son el objeto del Convenio de Bonn, no la finalidad declarada de esta directiva.
    Idea clave Hábitats naturales más fauna y flora silvestres: Directiva de hábitats. Fuente: Directiva 92/43/CEE, relativa a la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres, arts. 2 y 3; Manual de caza del Gobierno Vasco (1.ª edición corregida, diciembre de 2014), capítulo 1, apartado 1.2
  5. ¿Qué es la Red Natura 2000?

    a) Es una red moderna y eficaz empleada hoy en día en la caza de la paloma torcaz durante la pasa.
    b) Es una red que permite capturar palomas torcaces pero deja escapar a pequeños pajarillos que están protegidos, gracias al tamaño de sus agujeros.
    c) Es una red ecológica europea de espacios naturales, cuyo objetivo principal es conservar la diversidad biológica o biodiversidad de la Unión europea.

    Respuesta correcta: c

    Por qué es la respuesta correcta Natura 2000 es la red ecológica europea de espacios protegidos. La crea la Directiva de hábitats como una red coherente de zonas especiales de conservación, a la que se suman las zonas de especial protección para las aves de la Directiva de aves. Su objetivo principal es conservar la diversidad biológica de la Unión Europea, manteniendo o restableciendo en un estado favorable los hábitats y las especies de interés comunitario. En Euskadi, la Ley 9/2021 incluye estos lugares entre los espacios protegidos del patrimonio natural.Por qué las demás respuestas son incorrectas
    • a) No es un arte de caza ni un medio de captura; es una red de espacios naturales protegidos.
    • b) Las redes para capturar aves son medios de captura masivos o no selectivos, prohibidos en la caza; Natura 2000 no tiene relación con ellas.
    Idea clave Natura 2000: red europea de espacios para conservar la biodiversidad. Fuente: Directiva 92/43/CEE, relativa a la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres, art. 3; Ley 9/2021, de conservación del patrimonio natural de Euskadi, art. 37 b); Manual de caza del Gobierno Vasco (1.ª edición corregida, diciembre de 2014), capítulo 1, apartado 1.2
  6. Las competencias en materia de caza están transferidas del Estado a las Comunidades Autónomas:

    a) Las plenas competencias en la materia de la Comunidad Autónoma del País Vasco se recogen en la Ley 1/1970 de Caza del País Vasco.
    b) El País Vasco tiene competencias plenas en esta materia, y se plasman en la Ley 2/2011, de Caza.
    c) En el País Vasco cada Territorio Histórico tiene una Ley de Caza distinta.

    Respuesta correcta: b

    Por qué es la respuesta correcta El Estatuto de Autonomía atribuye al País Vasco la competencia exclusiva en materia de caza. En su ejercicio, el Parlamento Vasco aprobó la Ley 2/2011, de Caza, que establece el marco normativo propio de la caza en toda la Comunidad Autónoma, desplaza la aplicación de la Ley 1/1970 estatal y encomienda a las instituciones forales el desarrollo y la ejecución de sus normas en cada territorio histórico.Por qué las demás respuestas son incorrectas
    • a) La Ley 1/1970 es la ley de caza estatal, anterior a la autonomía; la ley propia del País Vasco es la Ley 2/2011.
    • c) Hay una sola ley de caza para toda la Comunidad Autónoma; los territorios históricos la desarrollan y ejecutan con normas, decretos y órdenes forales.
    Idea clave Una ley vasca de caza: la Ley 2/2011. Fuente: Ley 2/2011, de 17 de marzo, de Caza, exposición de motivos y art. 1; Manual de caza del Gobierno Vasco (1.ª edición corregida, diciembre de 2014), capítulo 1, apartado 1.3
  7. En materia de caza las competencias de las Comunidades Autónomas son plenas:

    a) Pero no pueden contradecir lo que legisle la Unión europea.
    b) Por ello, aunque es conveniente, no tienen por qué cumplir ningún Tratado Internacional o Directiva europea.
    c) Por ello las CCAA pueden declarar como cazable las especies que vean oportuno, aunque estén incluidas en el Listado de Especies en Régimen de Protección Especial.

    Respuesta correcta: a

    Por qué es la respuesta correcta Las comunidades autónomas tienen competencia plena en caza, pero la ejercen dentro de las obligaciones que vinculan a España: las directivas de la Unión Europea y los tratados internacionales ratificados. La Ley 42/2007 lo concreta al disponer que la caza solo puede recaer sobre las especies que determine cada comunidad y que esa declaración nunca puede afectar a las especies del Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial ni a las prohibidas por la Unión Europea.Por qué las demás respuestas son incorrectas
    • b) Los tratados internacionales ratificados y las directivas vinculan a todas las administraciones; no son una recomendación opcional.
    • c) La Ley 42/2007 impide declarar cazable cualquier especie incluida en el Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial.
    Idea clave Competencia plena, pero sin contradecir a la Unión Europea ni al Listado. Fuente: Ley 42/2007, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, art. 65.1; Directiva 2009/147/CE, relativa a la conservación de las aves silvestres, art. 7.1; Manual de caza del Gobierno Vasco (1.ª edición corregida, diciembre de 2014), capítulo 1, apartado 1.3
  8. ¿Qué Ley creó el Listado de Especies en Régimen de Protección Especial, en el seno del cual se establece el Catálogo Español de Especies Amenazadas?

    a) El Convenio de Bonn.
    b) La Ley 2/2011, de Caza.
    c) La Ley 42/2007, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad.

    Respuesta correcta: c

    Por qué es la respuesta correcta El Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial lo crea la Ley 42/2007, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad. Reúne las especies, subespecies y poblaciones que merecen una atención y protección particular por su valor científico, ecológico o cultural, su singularidad, su rareza o su grado de amenaza, y las protegidas por las directivas y los convenios ratificados por España. En su seno, la misma ley establece el Catálogo Español de Especies Amenazadas, con las categorías de en peligro de extinción y vulnerable.Por qué las demás respuestas son incorrectas
    • a) Es un tratado internacional sobre especies migratorias; no crea registros de la legislación española.
    • b) La ley vasca de caza regula la actividad cinegética en Euskadi; el Listado y el Catálogo estatales son de la Ley 42/2007.
    Idea clave Ley 42/2007: Listado estatal y, dentro, Catálogo Español de Especies Amenazadas. Fuente: Ley 42/2007, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, arts. 56.1 y 58.1; Manual de caza del Gobierno Vasco (1.ª edición corregida, diciembre de 2014), capítulo 1, apartado 1.3
  9. ¿Cuál de estos textos prohíbe el uso de procedimientos masivos para la captura de animales?

    a) El Convenio de Bonn.
    b) La Ley 42/2007, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad.
    c) La Ley 43/2003, de Montes.

    Respuesta correcta: b

    Por qué es la respuesta correcta La Ley 42/2007 prohíbe, con carácter general y en relación con la caza y la pesca continental, la tenencia, utilización y comercialización de todos los procedimientos masivos o no selectivos para la captura o muerte de animales, en particular los enumerados en su anexo VII, y los que puedan causar la desaparición local de una especie o turbar gravemente la tranquilidad de sus poblaciones. Con ello incorpora al derecho español la prohibición de la Directiva de aves.Por qué las demás respuestas son incorrectas
    • a) El Convenio de Bonn fija principios de conservación de las especies migratorias; la prohibición concreta de los métodos masivos está en la ley estatal y en la directiva.
    • c) La Ley 43/2003 regula los montes y su gestión forestal, no los medios de caza.
    Idea clave Métodos masivos o no selectivos: prohibidos por la Ley 42/2007. Fuente: Ley 42/2007, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, art. 65.3 a) y anexo VII; Directiva 2009/147/CE, relativa a la conservación de las aves silvestres, art. 8.1; Manual de caza del Gobierno Vasco (1.ª edición corregida, diciembre de 2014), capítulo 1, apartado 1.3
  10. La Directiva de aves y la Ley del Patrimonio Natural:

    a) Prohíben la caza de aves migratorias durante su trayecto de regreso hacia los lugares de cría: la caza en “contrapasa”.
    b) Prohíben con carácter general la contrapasa, excepto para la paloma torcaz.
    c) En los lugares tradicionales, en condiciones estrictamente controladas y de un modo selectivo, permiten la caza en “contrapasa”.

    Respuesta correcta: a

    Por qué es la respuesta correcta Tanto la Directiva de aves como la Ley 42/2007 protegen a las aves migratorias durante su regreso a los lugares de cría. La directiva obliga a velar por que las especies cazables no sean cazadas durante su período de reproducción ni durante su trayecto de regreso hacia su lugar de nidificación, y la ley estatal prohíbe con carácter general la caza de aves en la época de celo, reproducción y crianza y la caza durante ese trayecto de regreso. Esa caza en el viaje de vuelta es la llamada contrapasa.Por qué las demás respuestas son incorrectas
    • b) La ley no prevé excepción alguna para la paloma torcaz: la prohibición general alcanza a todas las aves migratorias en su regreso.
    • c) Las excepciones de la directiva son tasadas y exigen que no exista otra solución satisfactoria; no hay una permisión general en los lugares tradicionales.
    Idea clave La contrapasa está prohibida: no se caza en el regreso a la cría. Fuente: Directiva 2009/147/CE, relativa a la conservación de las aves silvestres, arts. 7.4 y 9.1; Ley 42/2007, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, art. 65.3 b); Manual de caza del Gobierno Vasco (1.ª edición corregida, diciembre de 2014), capítulo 1, apartado 1.3
  11. La Ley 42/2007, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad:

    a) Crea la Lista de Especies Cinegéticas.
    b) Crea el Listado de Especies en Régimen de Protección Especial.
    c) Crea el Listado de Aves migratorias sobre las que se puede cazar.

    Respuesta correcta: b

    Por qué es la respuesta correcta La Ley 42/2007 crea el Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial, un registro administrativo de ámbito estatal que incluye las especies, subespecies y poblaciones merecedoras de una protección particular y las que figuran como protegidas en las directivas y los convenios internacionales ratificados por España. Las especies incluidas no pueden declararse cazables. En su seno se establece el Catálogo Español de Especies Amenazadas.Por qué las demás respuestas son incorrectas
    • a) La ley no contiene una lista estatal de especies cinegéticas: cada comunidad autónoma determina las especies que pueden cazarse.
    • c) No existe un listado de aves migratorias cazables en la ley; las especies cazables en la Unión Europea figuran en el anexo II de la Directiva de aves.
    Idea clave La Ley 42/2007 crea el Listado de protección especial, no listas de caza. Fuente: Ley 42/2007, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, arts. 56.1 y 65.1; Directiva 2009/147/CE, relativa a la conservación de las aves silvestres, art. 7.1 y anexo II; Manual de caza del Gobierno Vasco (1.ª edición corregida, diciembre de 2014), capítulo 1, apartado 1.3

Normativa del País Vasco

Preguntas 12–30, con la numeración del cuestionario

  1. En la Comunidad Autónoma del País Vasco:

    a) La caza no está regulada, dado que la CAPV carece de ley propia.
    b) La caza está regulada por la Ley 2/2011, de 17 de marzo, de Caza, y por normas y ordenes forales.
    c) La caza está regulada por la Ley 16/1994, de 30 de junio, de Conservación de la Naturaleza del País Vasco.

    Respuesta correcta: b

    Por qué es la respuesta correcta En la Comunidad Autónoma del País Vasco la caza se regula por la Ley 2/2011, de 17 de marzo, de Caza, que establece el marco normativo propio de la actividad, y por las normas, decretos y órdenes forales con que las diputaciones forales la desarrollan y ejecutan en cada territorio histórico, entre ellas la orden foral anual de vedas. La propia ley reserva su desarrollo reglamentario a las instituciones forales en todo lo no atribuido a las instituciones comunes.Por qué las demás respuestas son incorrectas
    • a) El País Vasco tiene ley propia de caza desde la Ley 2/2011, dictada en ejercicio de su competencia exclusiva.
    • c) La Ley 16/1994 fue una ley de conservación de la naturaleza; sus artículos sobre caza los derogó la Ley 2/2011 y hoy la norma de patrimonio natural es la Ley 9/2021.
    Idea clave Ley 2/2011 más normas y órdenes forales de cada territorio. Fuente: Ley 2/2011, de 17 de marzo, de Caza, art. 1, art. 31 y disposición final primera; Ley 9/2021, de conservación del patrimonio natural de Euskadi, disposición derogatoria; Manual de caza del Gobierno Vasco (1.ª edición corregida, diciembre de 2014), capítulo 1, apartado 1.4.1
  2. El conocimiento de las Órdenes de Vedas es fundamental para cazar:

    a) Cierto.
    b) Falso.
    c) Basta con conocer la Ley de Caza.

    Respuesta correcta: a

    Por qué es la respuesta correcta Las órdenes forales de vedas fijan cada temporada los días y horarios hábiles, las especies cuya caza se autoriza, la regulación específica de cada especie, las modalidades que requieren permiso especial y las normas de protección de la fauna. Son el marco inmediato de la actividad del cazador, cambian cada año y la Ley 2/2011 obliga a las diputaciones forales a dictarlas anualmente; por eso conocerlas es imprescindible para cazar dentro de la legalidad.Por qué las demás respuestas son incorrectas
    • b) La orden de vedas determina qué, cuándo y cómo se puede cazar en cada temporada; ignorarla lleva a infringir la normativa.
    • c) La ley fija el marco general, pero remite a la orden foral anual los días, horarios, especies y condiciones de cada temporada.
    Idea clave La orden de vedas de cada temporada manda sobre el día a día del cazador. Fuente: Ley 2/2011, de 17 de marzo, de Caza, art. 31.1; Manual de caza del Gobierno Vasco (1.ª edición corregida, diciembre de 2014), capítulo 1, apartado 1.4.2
  3. El ámbito territorial de cada Orden de vedas en la CAPV es:

    a) El Estado.
    b) La Comunidad Autónoma.
    c) El Territorio Histórico.

    Respuesta correcta: c

    Por qué es la respuesta correcta Cada orden foral de vedas la dicta la diputación foral de un territorio histórico y rige únicamente en él. La Ley 2/2011 encarga a las diputaciones forales dictar anualmente su orden de vedas con el contenido mínimo que fija, y las instituciones forales ostentan el desarrollo y la ejecución de la normativa de caza en su territorio. Por eso Araba/Álava, Bizkaia y Gipuzkoa tienen cada una su propia orden.Por qué las demás respuestas son incorrectas
    • a) El Estado no dicta órdenes de vedas para Euskadi: la competencia en caza es de la Comunidad Autónoma y de sus instituciones forales.
    • b) La Comunidad Autónoma aprueba la ley de caza y sus decretos, pero las órdenes de vedas son forales y rigen en cada territorio histórico.
    Idea clave Una orden de vedas por territorio histórico. Fuente: Ley 2/2011, de 17 de marzo, de Caza, art. 1 y art. 31.1; Manual de caza del Gobierno Vasco (1.ª edición corregida, diciembre de 2014), capítulo 1, apartado 1.4.2
  4. Las Ordenes de vedas de caza se publican:

    a) Anualmente.
    b) Bianualmente.
    c) Quinquenalmente.

    Respuesta correcta: a

    Por qué es la respuesta correcta La Ley 2/2011 establece que las diputaciones forales dictarán anualmente una orden foral de vedas. Su contenido se renueva cada temporada: días y horarios hábiles, especies autorizadas, regulación específica de cada una, modalidades con permiso especial, normas de protección de la fauna y actualización de las sanciones. El manual recuerda que, por esas variaciones de cada temporada, la normativa foral anual no se detalla en el temario y debe consultarse en los boletines oficiales.Por qué las demás respuestas son incorrectas
    • b) La periodicidad legal es anual; una orden cada dos años dejaría temporadas sin regulación específica.
    • c) Una orden cada cinco años no permitiría adaptar las especies, los días hábiles y las condiciones a la situación de cada temporada.
    Idea clave Orden foral de vedas: una cada año. Fuente: Ley 2/2011, de 17 de marzo, de Caza, art. 31.1; Manual de caza del Gobierno Vasco (1.ª edición corregida, diciembre de 2014), capítulo 1, apartado 1.4.1
  5. En el País Vasco se publica una sola Orden de vedas:

    a) Cierto.
    b) Falso, se publican dos.
    c) Falso, se publican tres, una por cada territorio histórico.

    Respuesta correcta: c

    Por qué es la respuesta correcta En el País Vasco hay tres órdenes de vedas, una por cada territorio histórico, porque la Ley 2/2011 encarga a cada diputación foral dictar anualmente la suya y las instituciones forales desarrollan y ejecutan la normativa de caza en su territorio. Así, cada temporada las diputaciones forales de Araba/Álava, Bizkaia y Gipuzkoa aprueban su propia orden y la publican en su boletín oficial territorial.Por qué las demás respuestas son incorrectas
    • a) No hay una orden única para toda la Comunidad Autónoma; cada diputación foral dicta la suya.
    • b) Son tres territorios históricos, Araba/Álava, Bizkaia y Gipuzkoa, y cada uno tiene su orden foral de vedas.
    Idea clave Tres territorios históricos, tres órdenes de vedas. Fuente: Ley 2/2011, de 17 de marzo, de Caza, art. 1 y art. 31.1; Manual de caza del Gobierno Vasco (1.ª edición corregida, diciembre de 2014), capítulo 1, apartado 1.4.2
  6. Las Ordenes de vedas en la CAPV se publican:

    a) En el diario de mayor difusión.
    b) En el Boletín Oficial del Estado.
    c) En el Boletín Oficial de cada Territorio Histórico.

    Respuesta correcta: c

    Por qué es la respuesta correcta Las órdenes de vedas son disposiciones de las diputaciones forales y, como el resto de su normativa de caza, se publican en el boletín oficial del territorio histórico que las dicta: el de Álava, el de Bizkaia y el de Gipuzkoa. El manual lo señala expresamente y remite a esos boletines para consultar cada temporada las órdenes de vedas y las demás disposiciones forales de caza, que no se recogen en el temario por sus variaciones anuales.Por qué las demás respuestas son incorrectas
    • a) La prensa puede informar de la orden, pero el texto oficial es el publicado en el boletín del territorio histórico.
    • b) El Boletín Oficial del Estado publica normas estatales; las órdenes forales son normas de cada territorio histórico.
    Idea clave Órdenes de vedas: en el boletín oficial de cada territorio histórico. Fuente: Manual de caza del Gobierno Vasco (1.ª edición corregida, diciembre de 2014), capítulo 1, apartado 1.4.1; Ley 2/2011, de 17 de marzo, de Caza, art. 31.1
  7. La Ley 2/2011, de 17 de marzo:

    a) Regula la caza en la CAPV.
    b) Establece los cupos de caza anuales para cada especie.
    c) Establece el Catálogo Vasco de Especies Amenazadas.

    Respuesta correcta: a

    Por qué es la respuesta correcta La Ley 2/2011 tiene por objeto la regulación de la caza en la Comunidad Autónoma del País Vasco, la protección, conservación y fomento de sus especies cinegéticas y la ordenación de su aprovechamiento con criterios de sostenibilidad, además de salvaguardar el arraigo social de la caza. Es la ley marco: define la caza, clasifica las especies y los terrenos, ordena la gestión y el ejercicio de la actividad y regula la vigilancia, las infracciones y las sanciones.Por qué las demás respuestas son incorrectas
    • b) Los cupos y las condiciones de cada especie se fijan cada temporada en las órdenes forales de vedas, no en la ley.
    • c) El Catálogo Vasco de Especies Amenazadas lo creó la ley de conservación de la naturaleza y hoy lo regula la Ley 9/2021, de patrimonio natural.
    Idea clave Ley 2/2011: la ley marco de la caza en Euskadi. Fuente: Ley 2/2011, de 17 de marzo, de Caza, art. 1 y art. 31.1; Ley 9/2021, de conservación del patrimonio natural de Euskadi, art. 69; Manual de caza del Gobierno Vasco (1.ª edición corregida, diciembre de 2014), capítulo 1, apartado 1.4.1
  8. ¿Cuál es el principal objetivo de la Ley 2/2011?

    a) Regular la caza en la Comunidad Autónoma.
    b) Conservar y proteger las especies protegidas.
    c) Proteger las especies cinegéticas.

    Respuesta correcta: a

    Por qué es la respuesta correcta El objetivo principal de la Ley 2/2011 es regular la caza en la Comunidad Autónoma del País Vasco. Su artículo 1 enuncia ese objeto y lo completa con la protección, conservación y fomento de las especies cinegéticas, la ordenación de su aprovechamiento con criterios de sostenibilidad y compatibilidad con otros usos del medio natural, y la salvaguarda del arraigo social de la caza y la implicación de quienes la practican en la gestión sostenible del medio.Por qué las demás respuestas son incorrectas
    • b) La conservación de las especies protegidas es el objeto de la legislación de patrimonio natural, hoy la Ley 9/2021, no el de la ley de caza.
    • c) Proteger las especies cinegéticas es uno de los fines que la ley añade, pero su objeto principal es regular la actividad de la caza.
    Idea clave Objeto principal: regular la caza en Euskadi. Fuente: Ley 2/2011, de 17 de marzo, de Caza, art. 1; Ley 9/2021, de conservación del patrimonio natural de Euskadi, art. 1; Manual de caza del Gobierno Vasco (1.ª edición corregida, diciembre de 2014), capítulo 1, apartado 1.4.1
  9. La Comunidad Autónoma del País Vasco instauró el Examen de aptitud para cazar:

    a) En 1980.
    b) En 1990.
    c) En 1998.

    Respuesta correcta: b

    Por qué es la respuesta correcta El examen de aptitud para cazar se implantó en la Comunidad Autónoma del País Vasco con el Decreto 124/1990, de 2 de mayo, que reguló el procedimiento para acreditar la aptitud y los conocimientos necesarios para cazar mediante una prueba teórica. El Decreto 160/2014, que hoy regula el examen, recuerda en su preámbulo que fue pionero en el Estado y que habían transcurrido más de dos décadas desde su implantación. El manual sitúa igualmente su implantación en ese año.Por qué las demás respuestas son incorrectas
    • a) En esa década la caza en Euskadi aún se regía por la Ley 1/1970 estatal y no existía una prueba de aptitud propia.
    • c) Para entonces el examen ya llevaba varios años en vigor, desde el Decreto 124/1990.
    Idea clave Examen del cazador vasco: desde el Decreto 124/1990. Fuente: Decreto 160/2014, de la licencia de caza y el examen de aptitud para cazar, preámbulo y disposición derogatoria; Manual de caza del Gobierno Vasco (1.ª edición corregida, diciembre de 2014), capítulo 1, apartado 1.4.1
  10. ¿Qué norma regula el examen de aptitud para cazar?

    a) La Ley 42/2007, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad.
    b) El Decreto Legislativo 1/2014, de 15 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Conservación de la Naturaleza del País Vasco.
    c) El Decreto 160/2014, de 29 de julio, de la licencia de caza y el examen de aptitud para cazar.

    Respuesta correcta: c

    Por qué es la respuesta correcta El examen de aptitud para cazar lo regula el Decreto 160/2014, de 29 de julio, de la licencia de caza y el examen de aptitud para cazar. Su capítulo III define el examen como el medio de acreditar el conocimiento de las materias relacionadas con la caza, necesario para obtener la primera licencia, y regula las convocatorias, los requisitos, el temario y el certificado de aptitud. Lo dicta el Gobierno Vasco en desarrollo de la Ley 2/2011, que exige superar las pruebas de aptitud determinadas reglamentariamente.Por qué las demás respuestas son incorrectas
    • a) Es la ley estatal de patrimonio natural y biodiversidad; no regula el examen del cazador de ninguna comunidad.
    • b) Era el texto refundido de la ley de conservación de la naturaleza, derogado por la Ley 9/2021, y no regulaba el examen.
    Idea clave Examen y licencia de caza: Decreto 160/2014. Fuente: Decreto 160/2014, de la licencia de caza y el examen de aptitud para cazar, arts. 1, 11 y 12 y anexo II; Ley 2/2011, de 17 de marzo, de Caza, art. 5.2; Ley 9/2021, de conservación del patrimonio natural de Euskadi, disposición derogatoria; Manual de caza del Gobierno Vasco (1.ª edición corregida, diciembre de 2014), capítulo 1, apartado 1.4.1
  11. La Ley 16/1994, de 30 de junio, de Conservación de la Naturaleza del País Vasco, creó:

    a) La Red de Espacios Naturales Protegidos y el Catálogo Vasco de Especies Amenazadas.
    b) La Red de Espacios Cinegéticos y el Catálogo de Especies Cazables en la CAPV.
    c) La Red de Espacios Naturales Protegidos y el Catálogo de Especies Cazables.

    Respuesta correcta: a

    Por qué es la respuesta correcta La Ley 16/1994, de Conservación de la Naturaleza del País Vasco, creó la Red de Espacios Naturales Protegidos de la Comunidad Autónoma, en la que se integraban los espacios declarados con arreglo a ella, y creó el Catálogo Vasco de Especies Amenazadas de la Fauna y Flora, Silvestre y Marina como registro público de carácter administrativo. Esa ley fue refundida y después sustituida: hoy la Ley 9/2021, de conservación del patrimonio natural de Euskadi, regula los espacios protegidos y el catálogo.Por qué las demás respuestas son incorrectas
    • b) La ley no creó figuras cinegéticas: los terrenos de caza los clasifica la ley de caza y las especies cinegéticas las declara el Gobierno Vasco por decreto.
    • c) El catálogo que creó es el de especies amenazadas, no uno de especies cazables; la relación de especies cinegéticas la aprueba el Gobierno Vasco en desarrollo de la ley de caza.
    Idea clave Ley 16/1994: Red de Espacios Naturales Protegidos y Catálogo Vasco de Especies Amenazadas. Fuente: Ley 16/1994, de Conservación de la Naturaleza del País Vasco (derogada), exposición de motivos, arts. 11 y 47; Ley 9/2021, de conservación del patrimonio natural de Euskadi, exposición de motivos y disposición derogatoria; Ley 2/2011, de 17 de marzo, de Caza, arts. 3.1 y 13; Manual de caza del Gobierno Vasco (1.ª edición corregida, diciembre de 2014), capítulo 1, apartado 1.4.1
  12. Los Espacios Naturales Protegidos de la Comunidad Autónoma del País Vasco pueden ser:

    a) Parques Naturales, Biotopos Protegidos y Árboles singulares.
    b) Parques Naturales y Biotopos Protegidos.
    c) Parques Naturales, Biotopos Protegidos, Árboles singulares y zonas o lugares incluidos en la Red Natura 2000.

    Respuesta correcta: c

    Por qué es la respuesta correcta La respuesta reproduce la clasificación del texto refundido anterior: parques naturales, biotopos protegidos, árboles singulares y lugares de la red Natura 2000. Es el marco histórico del cuestionario. La Ley 9/2021 establece otra tipología, que incluye reservas, monumentos y paisajes naturales protegidos, además de Natura 2000 y los espacios protegidos por instrumentos internacionales. Los biotopos conservan su denominación hasta publicarse su adaptación; los árboles singulares ya declarados pasan a considerarse monumentos naturales. Por eso esta lista debe estudiarse como respuesta del cuestionario, sin confundirla con la clasificación legal vigente.Por qué las demás respuestas son incorrectas
    • a) Omite los lugares de la red Natura 2000, que también figuraban en la clasificación histórica a la que corresponde la respuesta.
    • b) Omite tanto los árboles singulares como los lugares de la red Natura 2000 de aquella clasificación.
    Idea clave Clasificación histórica del cuestionario; consultar la tipología y transición de la Ley 9/2021. Fuente: Decreto Legislativo 1/2014, texto refundido de conservación de la naturaleza (derogado), art. 13; Ley 9/2021, de conservación del patrimonio natural de Euskadi, art. 37 y disposiciones adicionales primera y segunda
  13. El Decreto 167/1996, por el que se Regula el Catálogo Vasco de Especies Amenazadas de las Fauna y Flora, Silvestre y Marina, establece cuatro categorías:

    a) “En Peligro de Extinción”, “Vulnerable”, “Rara” y “De Interés Especial”.
    b) “En Peligro de Extinción”, “Vulnerable”, “Rara” y “De Interés Cinegético”.
    c) “En Peligro de Extinción”, “Vulnerable”, “Cazable” y “Pescable”.

    Respuesta correcta: a

    Por qué es la respuesta correcta El Decreto 167/1996 remite a las cuatro categorías del catálogo reguladas por la antigua ley de conservación de la naturaleza: en peligro de extinción, vulnerable, rara y de interés especial. La pregunta pide reconocer ese sistema. La Ley 9/2021 establece dos categorías de amenaza, en peligro de extinción y vulnerable, y ordena adaptar el catálogo. Su disposición transitoria mantiene vigente el catálogo aprobado por aquel decreto y sus órdenes de actualización hasta realizar la adaptación. El cambio de categorías de la ley no permite dar por completada esa transición.Por qué las demás respuestas son incorrectas
    • b) Sustituye de interés especial por de interés cinegético, que no es una de las cuatro categorías del catálogo al que remite el decreto.
    • c) Cazable y pescable no son categorías de ese catálogo: sustituyen indebidamente a rara y de interés especial.
    Idea clave El decreto remite a cuatro categorías; la nueva ley prevé su adaptación. Fuente: Decreto 167/1996, Catálogo Vasco de Especies Amenazadas, art. 2; Decreto Legislativo 1/2014, texto refundido de conservación de la naturaleza (derogado), art. 48; Ley 9/2021, de conservación del patrimonio natural de Euskadi, art. 69.3 y disposición transitoria quinta
  14. Las Juntas Generales y Diputaciones Forales de Araba/Álava, Bizkaia y Gipuzkoa:

    a) No tienen competencias en materia de caza.
    b) Sólo regulan la caza de los cotos sociales.
    c) Tienen competencias en caza.

    Respuesta correcta: c

    Por qué es la respuesta correcta Las instituciones forales de Araba/Álava, Bizkaia y Gipuzkoa tienen competencias en caza. El artículo 1 de la Ley 2/2011 les atribuye el desarrollo y la ejecución de las normas de las instituciones comunes en esta materia, conforme a la Ley 27/1983. La disposición final primera reserva a las instituciones forales el desarrollo reglamentario de la ley en todo lo no atribuido expresamente a las instituciones comunes. Por tanto, su intervención abarca la regulación y ejecución de la actividad cinegética en sus respectivos territorios.Por qué las demás respuestas son incorrectas
    • a) La Ley 2/2011 reconoce expresamente a las instituciones forales competencias de desarrollo y ejecución de las normas de caza.
    • b) Los cotos sociales son solo una parte de sus competencias; estas también incluyen las órdenes de vedas y la expedición de licencias.
    Idea clave Instituciones forales: desarrollo y ejecución de la normativa de caza. Fuente: Ley 2/2011, de 17 de marzo, de Caza, arts. 1, 5.1 y 31.1 y disposición final primera
  15. Las Administraciones forales promulgan normas, decretos y órdenes forales para regular la caza en sus respectivos Territorios Históricos; por lo tanto:

    a) Anualmente se publica en el Boletín Oficial del País Vasco (BOPV) la Orden Foral reguladora de la caza en el País Vasco.
    b) Anualmente se publican disposiciones sobre caza en cada uno de los Boletines Oficiales de cada Territorio Histórico.
    c) Anualmente se publica una única Orden Foral de Caza que es común para los tres Territorios Históricos.

    Respuesta correcta: b

    Por qué es la respuesta correcta Las administraciones forales regulan la caza en su territorio con normas, decretos y órdenes forales, y la Ley 2/2011 encarga a cada diputación foral dictar anualmente su orden de vedas. Esas disposiciones se publican en el boletín oficial del territorio histórico correspondiente, de modo que cada año aparecen disposiciones de caza en los boletines de Álava, de Bizkaia y de Gipuzkoa. El manual remite a esos tres boletines para consultar la normativa anual.Por qué las demás respuestas son incorrectas
    • a) El Boletín Oficial del País Vasco publica las normas de las instituciones comunes; las órdenes forales se publican en el boletín de cada territorio histórico.
    • c) No hay una orden foral común: cada diputación foral dicta la suya para su territorio.
    Idea clave Cada año, disposiciones de caza en los tres boletines territoriales. Fuente: Ley 2/2011, de 17 de marzo, de Caza, art. 31.1; Manual de caza del Gobierno Vasco (1.ª edición corregida, diciembre de 2014), capítulo 1, apartados 1.4.1 y 1.4.2
  16. Las Administraciones forales pueden promulgar Normas Forales de Caza que regulen esta actividad en su Territorio Histórico:

    a) Sólo Bizkaia y Gipuzkoa han redactado sus respectivas Normas Forales de Caza.
    b) Por lo tanto existen tres Normas Forales de Caza; una para cada Territorio Histórico.
    c) Hasta el momento sólo el Territorio Histórico de Álava cuenta con una Norma Foral de Caza.

    Respuesta correcta: c

    Por qué es la respuesta correcta El cuestionario identifica la Norma Foral 8/2004 de Álava como la norma foral de caza que debe reconocerse en esta pregunta. El manual la presenta al explicar las competencias forales. Que los tres territorios puedan dictar normas no significa que cada uno haya aprobado una norma foral de caza propia. Sin embargo, la existencia de la norma alavesa no demuestra por sí sola que sea la única en cualquier fecha.Por qué las demás respuestas son incorrectas
    • a) La fuente localizada identifica una norma alavesa, por lo que no respalda la exclusión de Álava.
    • b) La competencia normativa no implica automáticamente tres normas aprobadas.
    Idea clave Distinguir competencia normativa de norma efectivamente aprobada. Fuente: Norma Foral 8/2004, de Caza del Territorio Histórico de Álava, art. 1; Manual de caza del Gobierno Vasco (1.ª edición corregida, diciembre de 2014), capítulo 1, apartado 1.4.2
  17. Los Espacios Naturales Protegidos y las áreas del País Vasco protegidas por instrumentos internacionales:

    a) Son terrenos cinegéticos de aprovechamiento común (zonas libres).
    b) Son terrenos de régimen cinegético especial.
    c) Son zonas protegidas donde la caza está terminantemente prohibida.

    Respuesta correcta: b

    Por qué es la respuesta correcta La Ley 2/2011 clasifica los terrenos, a efectos de caza, en cinegéticos, no cinegéticos y de régimen cinegético especial, y declara terrenos de régimen cinegético especial los espacios naturales protegidos, las áreas protegidas por instrumentos internacionales y las zonas de seguridad. En los espacios protegidos la caza se ajusta a las disposiciones que reglamentan el uso y disfrute de cada espacio y, en lo no previsto en ellas, a la propia ley y sus normas de desarrollo.Por qué las demás respuestas son incorrectas
    • a) Los terrenos de aprovechamiento común son terrenos cinegéticos destinados a la caza tradicional de migratorias, otra categoría distinta.
    • c) La caza no está prohibida de forma general en los espacios protegidos; se somete a las normas de cada espacio y a la orden de vedas cuando su plan prevé aprovechamientos cinegéticos.
    Idea clave Espacios protegidos: terrenos de régimen cinegético especial. Fuente: Ley 2/2011, de 17 de marzo, de Caza, arts. 13.3, 14.1 y 26; Manual de caza del Gobierno Vasco (1.ª edición corregida, diciembre de 2014), capítulo 1, apartado 1.4.3
  18. Un Espacio Natural Protegido está sometido a régimen cinegético especial:

    a) La caza en ellos se ajustará a las disposiciones que reglamenten el uso y disfrute de cada espacio.
    b) No se permite en ellos la práctica de la caza.
    c) No se permite en ellos la caza con arma de fuego.

    Respuesta correcta: a

    Por qué es la respuesta correcta En los espacios naturales protegidos, terrenos de régimen cinegético especial, el ejercicio de la caza se ajusta a lo prevenido en las disposiciones que reglamentan el uso y disfrute de cada espacio, como su plan de ordenación de los recursos naturales o su plan rector de uso y gestión, y en lo no previsto en ellas a la Ley 2/2011 y sus normas de desarrollo. La orden foral de vedas se aplica en ellos solo cuando esos instrumentos prevén aprovechamientos cinegéticos.Por qué las demás respuestas son incorrectas
    • b) La ley no prohíbe cazar en los espacios protegidos; condiciona la caza a lo que disponga la regulación de cada espacio.
    • c) No hay una prohibición general de las armas de fuego en estos espacios; la prohibición de cazar con armas es propia de las zonas de seguridad.
    Idea clave En cada espacio protegido manda su propia regulación de usos. Fuente: Ley 2/2011, de 17 de marzo, de Caza, arts. 26, 27 y 31.3; Manual de caza del Gobierno Vasco (1.ª edición corregida, diciembre de 2014), capítulo 1, apartado 1.4.3
  19. En los Espacios Naturales Protegidos:

    a) La actividad cinegética está totalmente prohibida.
    b) La práctica de la caza está condicionada a la conservación de los espacios y las especies; por ello no se puede cazar con perros.
    c) La caza se ajustará a las disposiciones sobre el uso y disfrute de cada espacio, y en lo no previsto en ellas por la normativa de caza.

    Respuesta correcta: c

    Por qué es la respuesta correcta La Ley 2/2011 dispone que en los espacios naturales protegidos y en las áreas protegidas por instrumentos internacionales la caza se ajustará a lo prevenido en las disposiciones que reglamenten el uso y disfrute de cada espacio y, en lo no previsto en ellas, a la propia ley y sus disposiciones de desarrollo. El manual lo resume: en estos terrenos la caza no está prohibida, sino condicionada a la conservación del espacio y de sus especies, y quien caza debe conocer los planes en vigor.Por qué las demás respuestas son incorrectas
    • a) La actividad cinegética no está prohibida con carácter general en los espacios protegidos; depende de la regulación de cada espacio.
    • b) La ley de caza no prohíbe los perros en los espacios protegidos; los condicionantes concretos los fija la regulación de cada espacio.
    Idea clave Primero la regulación del espacio; en lo demás, la ley de caza. Fuente: Ley 2/2011, de 17 de marzo, de Caza, art. 26; Manual de caza del Gobierno Vasco (1.ª edición corregida, diciembre de 2014), capítulo 1, apartado 1.4.3

Origen de las preguntas

Las preguntas, sus opciones y la respuesta correcta proceden del cuestionario del examen de caza que publica el Gobierno Vasco junto al Manual de caza (edición indicada: Vitoria-Gasteiz, 2014); la respuesta correcta es la de su plantilla de corrección. El texto se reproduce tal como figura en el archivo oficial consultado el 8 de octubre de 2026 (última modificación declarada por el servidor: 9 de julio de 2019). La organización en 7 temas, que conserva la pregunta 198 en el tema 2, las notas, la presentación en esta web y el PDF son de Yurkap. Las respuestas reproducen la plantilla del cuestionario y no sustituyen la normativa vigente.

Cuestionario del examen de caza en la web del Gobierno Vasco (PDF)

Preguntas y respuestas cotejadas con el cuestionario oficial el

Yurkap es una herramienta de preparación independiente y no está vinculada al Gobierno Vasco ni a las Diputaciones Forales.