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Revista de armas

Cuando el titular vaya a pedir la renovación de licencias de armas, tiene que obligatoriamente pasar revista. Para las armas cortas (pertenecientes a la 1ª categoría) y las pistolas de concurso esto aplica cada tres años, mientras que para las otras armas que necesiten de guía de pertenencia lo deberán hacer cada cinco años.

Para los armamentos como las escopetas de caza y los rifles el titular tiene que pasar revista de armas, llevándola directamente con el permiso de licencia –en el caso de que no pueda ir, puede mandar a una persona cercana, pero con un permiso firmado ante las Intervenciones de Armas de la Guardia Civil–.

Si no se hace este paso de revista de armas ante el ente competente para ello, estos se verán en la obligación de realizar sanciones que implican multas por 300,51 euros –en el caso de armas cortas– y de 150,25 euros por las otras que requieran de la respectiva revista. La cantidad de dinero a pagar, dependerá de la categoría a la que pertenezca el armamento. También se le quitará la pistola como parte de la penalización.

Cuando no se pase revista de armas en dos ocasiones, esto implica que la institución encargada de la regularización puede anular y también se le pedirá que sea devuelta la guía de pertenencia. El arma será depositada, además de que se le abrirá un expediente con el proceso de sanción.

Tema 3 – Test Licencia de Armas

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