Porte de armas destinado a menores

Licencia de Armas de caza para Menores AEM 14 años

Los menores de edad también pueden solicitar un porte de armamento. En este caso se conoce como Autorización Especial de Menores (AEM). Se trata de una licencia especial que autoriza el uso de determinadas armas a españoles y extranjeros residentes en España, de entre 14 y 18 años. Para ello existen unos requisitos adicionales que piden. Será el responsable que tenga la patria potestad del menor (padre o representante) que deberá entregar los siguientes documentos:

  • Certificado en el cual autorice al menor que aprueba el uso del armamento. En este documento de autorización, explicará en detalle el tipo de arma y deberá estar acreditada por algún ente. Bien sea la policía, el ayuntamiento, un notario o la intervención de armas.
  • El representante deberá mostrar su certificado de antecedentes penales. Este se consignará junto al resto de los de los documentos solicitados.
  • Además, el representante del menor tendrá que consignar la fotocopia del Documento Nacional de Identidad, DNI.

Aquellos chicos que requieran de armas largas rayadas, en las categorías de 2ª. 2 y 3ª. 1.- deben ser mayores de 16 años. Sí desean escopetas, categorías 3ª. 2 y 3ª. 3- tendrán que ser mayores de 14 años. Los menores de edad, 16 años, no se les exige que presenten el certificado de antecedentes penales.

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